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En máximo 15 días

Serenos usarán pistolas eléctricas: Mininter crea equipo de trabajo para actualizar la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal

El Mininter dispuso la creación de una mesa de trabajo para implementar en la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, el uso de pistolas eléctricas por parte de los serenos provinciales y/o distritales.
Serenos autorizados a usar pistolas eléctricas. Municipalidad de Santiago de Surco / Facebook
14-11-2025

El Ministerio del Interior (Mininter), dispuso la creación de un equipo de trabajo encargado de priorizar y optimizar, en un plazo máximo de 15 días hábiles, la implementación de las disposiciones complementarias del Decreto Supremo N.º 015-2025-IN, el cual faculta a los serenos provinciales y/o distritales a que usen pistolas eléctricas durante sus intervenciones

Como se recuerda, el dispositivo publicado el último martes 11 de noviembre en el Diario Oficial El Peruano, modifica al reglamento de la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, permitiéndoles usar la mencionada arma no letal, en adición a los grilletes de seguridad, escudos, bastones tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas

¿Quiénes conforman el equipo de trabajo?

El mencionado decreto supremo estipula, que la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Mininter, o el que haga sus veces, deberá elaborar y proponer el Manual del Sereno Municipal con enfoque en derechos humanos y la guía para el uso de los medios de defensa por el personal de serenazgo municipal, en coordinación con la Policía Nacional del Perú y las organizaciones representativas de las municipalidades provinciales y distritales (AMPE, REMURPE) en un plazo de 60 días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación. 

En ese sentido, el equipo estará presidido por un representante del Viceministerio de Seguridad Pública, e integrado por funcionarios del Mininter y de la PNP, quienes elaborarán de un cronograma de trabajo, el seguimiento a las unidades técnicas involucradas y la revisión de los proyectos normativos que se deberán tramitar dentro del plazo establecido.

Cabe precisar que, otra disposición complementaria puntualiza que, en un plazo de 90 días hábiles, el Ministerio del Interior, mediante resolución ministerial, a propuesta de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, aprueba las características de las cámaras de video corporales activas y el procedimiento de uso obligatorio por parte de los serenos.

Deberán pasar por pruebas psicológicas 

Los serenos que usarán los mencionados elementos manera progresiva y diferenciada deberán contar con una evaluación psicológica y capacitación previa para su protección y el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con la modalidad del servicio a la que pertenecen.

Por su parte, las municipalidades provinciales o distritales que implementen el uso de medios de defensa para el personal de serenazgo, deben establecer mecanismos de supervisión, control y registro orientados a garantizar su uso adecuado.

Como era de esperarse, el uso de las armas no letales siguen generando opiniones divididas en las autoridades locales de Lima. Por un lado, alertan la peligrosidad a la que estarían expuestos sus serenos de enfrentarse con delincuentes con arma letales en mano; mientras que, otras alcaldes han mostrado su conformidad con la publicación del decreto supremo para fortalecer la lucha contra la inseguridad ciudadanas en sus jurisdicciones.

De esta manera, el Mininter empieza con el trámite de ley para que los serenos puedan usar en pocas semanas las pistolas eléctricas como mecanismo de defensa en sus intervenciones.