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Bermúdez sobre caso de Ana Estrada: "Fallo reconoce el derecho a la vida y a la muerte digna"

La presidenta del Consejo de Ministros consideró que la decisión del Poder Judicial fue "histórica".
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28-02-2021

La presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, manifestó su opinión sobre el fallo que otorga el derecho a una muerte digna a Ana Estrada, la psicóloga de 44 años que padece de una enfermedad degenerativa incurable. Consideró que la decisión del Poder Judicial fue "histórica" y marca un precedente para debatir sobre la libertad individual.

"Sobre el caso de Ana Estrada, yo he dado una opinión personal, me parece que el fallo que la autoriza a recurrir a la eutanasia es histórico, que reconoce el derecho a la vida digna y también a la muerte digna, vamos a ver cómo se tornan los acontecimientos en el futuro, pero me parece que esto también abre la posibilidad de un debate sobre temas sustanciales relacionados a los derechos de las personas", indicó Bermúdez este domingo.

La jefa del Gabinete Ministerial fue partícipe de la donación de bienes del Proyecto Especial Legado al Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif), que tiene como finalidad equipar los centros de protección y de refugio temporal durante la emergencia sanitaria por la COVID-19.

A su vez, asistieron la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Silvia Loli, y el director ejecutivo del Proyecto Especial Legado, Alberto Valenzuela.

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El caso de Ana Estrada

El Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima pidió al Ministerio de Salud (Minsa) y a EsSalud respetar la decisión de Ana Estrada de finiquitar su vida a través de la eutanasia. La decisión, comunicada el último jueves, resuelve que un médico le suministre de manera directa (oral o intravenosa) un fármaco u otra intervención médica destinada a tal fin.

Asimismo, el organismo del Poder Judicial ordenó que se inaplique el artículo 112° del Código Penal vigente para el caso Ana Estrada. Por ello, los involucrados en el proceso no serán juzgados siempre que se practiquen de manera institucional y sujeta al control de su legalidad y en el tiempo y oportunidad en que lo especifique.

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