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Elecciones 2021: Conoce cómo pagar tu multa electoral si no acudiste a votar

Los comicios del último 6 de abril denotaron un porcentaje de ausentismo debido a la pandemia de la COVID-19.
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07-06-2021

Todo sobre la multa electoral. Tras el desarrollo de la segunda vuelta de las Elecciones Generales de este 6 de junio hubo un porcentaje de ausentismo, ya que algunos electores no acudieron a votar por temor a contagiarse de la COVID-19.

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Como se recuerda, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) señaló que, como los comicios se realizan en medio de una pandemia, las personas a partir de 65 no están obligadas a sufragar. Por ello, si no te emitiste tu voto y no te encuentras en este grupo excepcional, deberás pagar la multa electoral.

Al respecto, existen algunas dudas: ¿Cómo pagar la sanción económica y qué pasa si no cancelo la penalidad? En Exitosa te explicamos los pasos.

Las multas electorales

Elector omiso

Si no acudiste a votar y eres mayor de 18 años, podrás pagar la multa dependiendo de la zona donde vive.

Distrito no pobre: S/ 88

Distrito pobre no extremo: S/ 44

Distrito pobre extremo: S/ 22

Miembro de mesa omiso

Si fuiste designado miembro de mesa (titular o suplente), pero no acudiste a cumplir tu responsabilidad, deberás pagar una multa por omiso a la instalación de mesa.

La multa a pagar es de S/220.

Pasos para pagar tu multa electoral

1. ¿Cómo consultar tu multa electoral?

Desde la página web: https://multas.jne.gob.pe/login o HAZ CLIC AQUÍ. Allí podrás observar si tienes una multa electoral, la razón y si se ha iniciado o no un proceso de cobranza.

También puedes averiguarlo en las oficinas del Jurado Nacional de Elecciones o en las mismas agencias del Banco de la Nación.

2. ¿Cómo pagar tu multa?

A través de la plataforma Págalo.pe.

En las agencias del Banco de la Nación.

En la caja de la oficina del JNE, ubicada en av. Nicolás de Piérola 1070, Cercado de Lima, con tarjeta Visa o efectivo.

¿Y si no pago mi multa?

No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.).

No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.

No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.

No podrás ser nombrado funcionario público.

No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.

No podrás salir del país.

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