MTC modifica Reglamento de Tránsito: Policía podrá aplicar MULTAS sin llevar al conductor a la comisaría
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) del Perú busca modificar el Reglamento Nacional de Tránsito (Retran) que cambia la forma en la que los ciudadanos son sancionados por infracciones en las vías. La Policía de Carreteras podrá imponer papeletas directamente en áreas urbanas, sin necesidad de trasladar al conductor a una comisaría.
¿Adiós a las comisarías por infracciones simples?
El 9 de junio, y mediante el diario oficial El Peruano, el MTC hizo público el proyecto de decreto supremo que busca actualizar determinadas infracciones y también introducir cambios significativos al respecto en ley que figura aprobada desde julio de 2001. Esta sería oficializada, a través de la Resolución Ministerial N.º 357-2025-MTC/01.02.
Con ello, se establece que el Reglamento Nacional de Tránsito sería objeto de hasta 8 derogaciones, llamando la atención de forma específica, la modificación aplicada al artículo 57 donde los conductores quedan obligados a obedecer tanto a efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) como encargados de realizar el control respectivo en carretera.
¡Ojo! Si el conductor desobedece a estas indicaciones, podrá ser objeto de una intervención inmediata, así como multas y la apertura de acciones penales.
"Las indicaciones de los efectivos de la PNP asignados al control de tránsito y control de carreteras prevalece sobre señales luminosas, semáforos y estas sobre los demás dispositivos que regulan la circulación. Aquel que desobedezca las indicaciones de un policía de tránsito o carreteras estaría siendo pasivo de una infracción muy grave 12% de 1 UIT y 50 puntos negativos en su récord", se detalla.
Policía de Carretera impondrá multas en ciudades
Como se recuerda, hasta antes de oficializarse el proyecto del MTC, la Policía de Carreteras solo podía sancionar infracciones específicas como exceso de velocidad, en tramos que no cruzaban zonas urbanas, mientras que los efectivos de tránsito se encargaban de multar por saltarse un semáforo o no respetar el cruce peatonal. Con este nuevo reglamento ambos podrán imponer multas a los conductores sin llevarlos a la comisaría.
"El policía de carreteras va a asumir funciones de tránsito. Un conductor exige que el PNP que lo interviene sea asignado al de Tránsito le pida (licencia de conducir, SOAT, revisión técnica, tarjeta de identificación técnica) y que cualquier otro policía solo pedía el DNI, pero ahora el MTC presentó este proyecto para que sea debatido en 15 días para su aprobación", expresó el conductor de la 'Hora del Volante' de Exitosa, Tito Alvites.
Asimismo, el artículo 90 incorpora la obligación de respetar las señales de altura máxima permitida en la vía pública, con sanciones específicas para quienes incumplan esta norma.
Modificaciones en el Reglamento Nacional de Tránsito
Se actualiza la infracción M.24: circular sin placas de rodaje, también comprende la ausencia de cualquiera de los elementos que las conforman, como los caracteres alfanuméricos, los códigos de seguridad, los elementos de validación (hologramas o sellos) o el soporte físico reglamentario. Otras nuevas infracciones que establece el MTC en el Reglamento Nacional de Tránsito con el objetivo de fortalecer el cumplimiento de las normas y reforzar la seguridad vial a nivel nacional, son los siguientes:
Infracción M.49: No respetar la señal de altura máxima permitida en la vía pública. La sanción incluye una multa del 100% de una UIT, 50 puntos en el récord del conductor, la retención de la licencia de conducir y el internamiento del vehículo.
Infracción M.50: No respetar la señal de altura máxima permitida, provocando daños a la infraestructura o interrupciones en el tránsito. Esta infracción es sancionada con una multa del 100% de una UIT, la suspensión de la licencia por un año, 60 puntos en el récord del conductor y el internamiento del vehículo.
Infracción M.47: Circular con placas adulteradas, ilegibles o sin iluminación, o con materiales que impidan su lectura mediante dispositivos tecnológicos. Esta infracción es calificada como "muy grave", con una multa equivalente al 12% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), 50 puntos en el récord del conductor y el internamiento del vehículo.
Infracción M48: Conducir un vehículo con características técnicas modificadas o alteradas, como tanques de combustible modificados. Esta infracción también es "muy grave", con una multa del 50% de una UIT, 50 puntos en el récord del conductor y el internamiento del vehículo.
Además, ten en cuenta que el proyecto también modifica infracciones existentes, como la M18, que ahora especifica que la desobediencia a las indicaciones de los efectivos policiales prevalece sobre las señales luminosas o semafóricas. Mientras que la infracción G46: estacionar en zonas no permitidas por la autoridad competente, grave una multa de 8% de una UIT, 20 puntos negativos y remoción del vehículo.
De esta manera, se acabó el "llévame a la comisaría" cuando no es policía de tránsito. El MTC presentó un proyecto que modifica el Reglamento Nacional de Tránsito donde se propone que la Policía de Carreteras sancione infracciones en ciudades, al igual que un efectivo de tránsito.