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OPINIÓN | Carlos Jaico: "Por la irrenunciabilidad de la nacionalidad peruana"

"El Perú del Bicentenario necesita de todos sus hijos, unidos y protegidos por su patria, manteniendo inquebrantable el lazo jurídico y social del país que los vio nacer".
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18-03-2021

Según el artículo 53 de la Constitución Política, la nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana. A esta renuncia, voluntaria y expresa, debemos agregar que la legislación peruana permite la nacionalidad múltiple, sin exigir que el compatriota renuncie a la nacionalidad peruana si quiere adquirir otra. En suma, el Perú permite que nuestros compatriotas renuncien, o acepta que los obliguen a renunciar a su nacionalidad peruana.

En este último caso, países como Alemania exigen la renuncia de la nacionalidad de origen si desean obtener la suya. Esta exigencia obedece a situaciones históricas de cada uno de estos países, tal como lo describía Johann Gottlieb Fichte en su “Discurso a la nación alemana”, donde insistía en la idea de unidad cultural y lingüística de Alemania. Así, la identidad colectiva se circunscribía a todos aquellos que compartían los mismos ancestros, la misma lengua y la misma cultura, lo cual les hacía resistir a la dominación extranjera.

Es allí donde radica el sustento para que las leyes alemanas no permitan la doble nacionalidad cuando se trata de naturalización, exigiendo la renuncia a la nacionalidad extranjera. Sin embargo, reculan a tal pedido si el Estado de nacimiento cuenta con la irrenunciabilidad a la nacionalidad o que la renuncia entrañe perjuicios en los derechos civiles.

En cualquier caso, la legislación alemana asume que en tales casos existe una doble nacionalidad derivada de un caso de fuerza mayor, lo que supone el respeto por la soberanía de otros Estados.

Este ejemplo nos permite observar que la renuncia a la nacionalidad, rara vez es por voluntad propia y obedece más a una exigencia del país extranjero. Esta razón debe llevarnos a hacer que nuestra nacionalidad sea irrenunciable, debido a que no debemos dejar a nuestros compatriotas en la indefensión o en riesgo de ser apátridas.

En consecuencia, por ser país de emigrantes la irrenunciabilidad a la nacionalidad debe ser el mecanismo de defensa del Estado peruano. Este argumento se sostiene, debido a que nuestros compatriotas son nuestro mejor activo como nación. De allí que abrir las puertas para la renuncia sería perder población originaria, así como permitir que el Perú acceda a las exigencias históricas de un país extranjero, en total contradicción con el principio de la no injerencia en el ordenamiento jurídico de otro país.

El Perú del Bicentenario necesita de todos sus hijos, unidos y protegidos por su patria, manteniendo inquebrantable el lazo jurídico y social del país que los vio nacer.

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