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OPINIÓN | Gabriel Bustamante: "Fonavi: Ministro será interpelado por traicionar los intereses del pueblo"

"Hasta la fecha solo se ha logrado devolver (a algunos solamente) una ínfima parte: S/10.69 por mes de aporte".
Bustamante-Fonavi
27-06-2021

Tanto la Constitución Política como el reglamento del Congreso de la República establecen la facultad que tienen los padres de la patria de plantear mociones de interpelación, como un mecanismo de control político a fin de hacer efectiva la responsabilidad de los ministros de Estado. Estos deben rendir cuentas de su gestión, del ejercicio de sus atribuciones o el desarrollo de sus políticas públicas de su sector.

Como es sabido, desde hace 41 años se le empezó a descontar a los trabajadores un porcentaje de sus remuneraciones a fin de tener el ansiado sueño de la casa propia. Tras 17 años de obligatorio descuento, muchos nunca la tuvieron y, por tanto, iniciaron una lucha titánica donde, tras un referéndum, se obligó al Estado a devolver el íntegro de sus aportes, actualizados, a los fonavistas. Hasta la fecha solo se ha logrado devolver (a algunos solamente) una ínfima parte: S/10.69 por mes de aporte.

El Congreso aprobó la Ley 31173 POR INSISTENCIA, pero el Ejecutivo se burla de la misma y no ordena la esperada devolución. Entonces, interpelará al ministro Waldo Mendoza a que responda el siguiente y justo Pliego Interpelatorio:

1) Señor ministro de Economía, ustedes también han presentado una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31173, ley de devolución del dinero del Fonavi. Esta norma tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de la Ley 29625, ley de devolución del Fonavi. ¿Por qué no entabló una demanda de inconstitucionalidad contra esta ley de origen?

2) Para que diga usted, ¿Cómo se condice la postura del Poder Ejecutivo, especialmente la de su sector, la de no devolver el dinero que los aportantes al Fonavi efectuaron en su oportunidad, con la política de exoneraciones tributarias a la gran empresa?

3) Señor ministro de Economía, en la demanda de inconstitucionalidad ustedes señalan que la ley 31173 fue emitida al margen de la coordinación que debe existir entre el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo para expedir normas sobre la devolución de los aportes al Fonavi. ¿Cómo exactamente se ha evitado esta coordinación si el Ejecutivo solo mostró una nula disposición de trabajar conjuntamente? Prueba de ello es que el Ejecutivo observó la Autógrafa del Congreso que luego fue aprobada por insistencia, dada la urgencia de facilitar la devolución de los montos correspondidos por los fonavistas.

4) Señor ministro de Economía, además de interponer demandas bloqueando las propuestas legislativas que buscan justicia, ¿Cómo ha venido trabajando el Ejecutivo para devolver a los fonavistas el total de sus aportes que fueron descontados de sus remuneraciones?

PD. Último Minuto: FONAVI BUENAS NOTICIAS. Ministerio de Economía y Finanzas autoriza transferencia de S/8´780,729.00 a la Presidencia del Consejo de Ministros para iniciar acciones de Implementación para Devolución del Fonavi. Decreto Supremo N°160-2021-EF en Edición Extraordinaria El Peruano del 25.06.2021.

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