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Darán S/ 400 por escolaridad a los empleados públicos

Esta bonificación se otorgará por única vez en la planilla de pagos de enero del 2020. Medida también alcanzará a determinados pensionistas.

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11/01/2020 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023

Los funcionarios y servidores públicos, así como para determinados pensionistas, tendrán este mes un bono por escolaridad que alcanza los S/ 400, que se incluirá, por única vez, en la planilla de pagos de enero de 2020, como fue fijado por el decreto de urgencia que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.

El personal beneficiario tendrá derecho a percibir la bonificación por escolaridad, siempre que cumpla de manera conjunta con las siguientes condiciones:

a) Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal precedente. Si no contara con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados.

Mediante Decreto Supremo 001-2020-EF, publicado ayer en El Peruano, se establecen estas disposiciones para entregar la bonificación por escolaridad.

La bonificación por escolaridad se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276 y las leyes 29944 y 30512; de los docentes universitarios a los que se refiere la Ley 30220 y del personal de la salud contemplado en el Decreto Legislativo 1153.

También favorece a los obreros permanentes y eventuales del sector público, al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los decretos leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.

EL DATO

Cabe indicar que los funcionarios, servidores y pensionistas de la administración pública reciben la bonificación por escolaridad en una sola repartición, debiendo ser otorgada en aquella que abona los incrementos por costo de vida. La bonificación por escolaridad no está afecta a los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro ni aportaciones al Sistema Privado de Pensiones.