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ONPE niega manipulación de actas del exterior: "El documento que vale es el físico", señala vocera

Katiuska Valencia aseguró que el documento físico es el único válido en el proceso electoral y que el repliegue de actas respetó todas las medidas de seguridad.
La vocera de la institución despejó dudas ante cuestionamientos. (Composición Exitosa)
17-06-2026

En entrevista con Exitosa, la vocera de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)Katiuska Valencia, rechazó las acusaciones de manipulación de actas provenientes del exterior.

Señaló que, conforme al artículo 244 de la Ley Orgánica de Elecciones"el documento que vale para el proceso es el físico", descartando así cualquier vulneración normativa.

Material no pudo ser manipulado

Valencia explicó que el repliegue de actas se realizó bajo estrictas medidas de seguridad. Cada acta electoral lleva una cinta de seguridad colocada por los miembros de mesa tras el escrutinio, lo que impide alterar los resultados.

Además, el traslado estuvo a cargo de funcionarios de Cancillería, quienes garantizaron la custodia del material en coordinación con la ONPE. La vocera precisó que la resolución jefatural que regula este procedimiento no modificó las 'reglas del juego', como sostiene el abogado de Juntos por el Perú, Walter Ayala, sino que añadió medidas de resguardo.

JP busca anular actas extranjeras

La acción de amparo presentada por Walter Ayala cuestiona que la ONPE haya emitido una resolución días antes de la segunda vuelta, lo que, según él, contravendría el principio de intangibilidad de la ley.

Ayala sostiene que en la primera vuelta se aplicó la digitalización inmediata de actas, mientras que en la segunda se optó por el traslado físico en valija diplomática, lo que a su juicio alteró las condiciones del proceso.

La vocera de la ONPE, añadió que la resolución también precisaba el retorno de las cédulas, las cuales fueron resguardadas en bolsas lacradas para garantizar su integridad. Este procedimiento, según Valencia, no implica una vulneración de la ley ni una manipulación del material electoral, sino una medida adicional de seguridad.

Una contradicción política

El debate revela una paradoja: mientras Ayala cuestiona el traslado físico de actas, exige al mismo tiempo un reconteo total de votos, lo cual solo es posible gracias a que las actas y cédulas llegaron físicamente al Perú.

Además, se recuerda que en la primera vuelta también se emitió Resolución Jefatural N.° RJ-21-2026-JN en medio del proceso, que introdujo la digitalización, sin que hubiera mayores reclamos. Esta comparación evidenciaría una contradicción en el discurso de JP, aunque la demanda de amparo haya sido presentada a título personal.

Resolución Jefatural que disponía la digitalización de las actas también se realizó en medio proceso electoral.

La ONPE busca despejar dudas sobre la transparencia del voto extranjero, reafirmando que el documento físico es el único válido y que las medidas de seguridad se cumplieron en todo momento.

Mientras tanto, la acción de amparo de Ayala mantiene abierto el debate sobre la intangibilidad normativa. La comparación con la primera vuelta, donde también se emitieron lineamientos en curso sin cuestionamientos, refuerza la idea de que las críticas actuales responderían más a una estrategia que a una vulneración legal que autoridades descartan.