Presidenta del PJ propone suspensión de la pena privativa de la libertad para sentenciados de 80 años a más
La presidenta del Poder Judicial (PJ), Janet Tello Gilardi, presentó esta tarde un proyecto de ley al Congreso, a fin de derogar un artículo del Código Penal, el cual podría beneficiar a algunos sentenciados que vienen purgando condena en los establecimientos penitenciarios del país.
En ese sentido, el Proyecto de Ley N.º 11711/2024-PJ busca incorporar el segundo párrafo al artículo 68 del Código Penal, derogando el artículo 22 del mismo, vinculado a la Ley N.º 32181.
Sentenciados podrían recobrar su libertad bajo ciertos términos
De acuerdo con el documento presentado por el PJ, se plantea la figura de la exención de la pena, al incorporar el segundo párrafo al artículo 68 del Código Penal (Decreto Legislativo N.º 635), el cual quedaría de la siguiente manera:
"Excepcionalmente, el juez puede eximir la aplicación de una pena privativa de la libertad al condenado siempre que se reúnan los siguientes requisitos:", detalla la propuesta.
En esa línea, la condonación de la pena efectiva sería para las personas sentenciadas de 80 años y más. Además, de que el condenado "padezca enfermedad grave, crónica y cuyo tratamiento no sea compatible" con el cumplimiento de la pena impuesta.
Otro requisito para acceder a este beneficio es que el sentenciado adulto mayor "haya realizado el pago total o el aseguramiento consistente del pago" correspondiente a la reparación civil.
Asimismo, se refiere a la figura de la actuación del condenado. Es decir que, "el hecho punible, comportamiento procesal y la personalidad del agente", permitan suponer que no volverá a cometer otro delito.
Restricciones al beneficio penitenciario
La propuesta del Poder Judicial puntualiza que el beneficio no podrá aplicarse para los condenados por los delitos relacionados a terrorismo y lavado de activos.
Además, tampoco se beneficiarán quienes hayan reincidido en alguna conducta delictiva y tampoco aquellas personas que hayan cometido el delito, siendo parte de una organización criminal.
Como disposición final complementaria, señala que la exención de la pena puede ser considerada por los jueces, "a los condenados que se encuentren cumpliendo pena privativa de libertad efectiva para aplicar la remisión de la pena".
De esta manera, la propuesta busca también deshacinar los establecimientos penitenciarios. El texto fue deberá ser evaluado por la Comisión de Justicia del Congreso para admisibilidad o archivo.