¡Atención! JNE inició la verificación de autenticidad de firmas de las fichas de afiliación de partidos políticos
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) inició el proceso de fiscalización posterior de fichas de afiliación que presentarían indicios de falsedad en el marco del registro de partidos políticos.
Verificación de autenticidad de firmas de las fichas de afiliación de partidos
Como parte de esta labor, la entidad anunció que se utilizará análisis grafotécnico con el fin de determinar si hubo adulteración de firmas en los documentos presentados ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).
Para ello, un equipo de peritos del JNE se desplazó hasta la sede del archivo registral del Reniec, en Lurín, donde inició la comparación entre las fichas originales entregadas por las organizaciones políticas y los registros que conserva el Reniec, a fin de identificar coincidencias o discrepancias en las firmas.
La revisión se concentra en un conjunto de fichas seleccionadas a través de un muestreo aleatorio, las cuales habrían mostrado posibles signos de falsificación. Los resultados del peritaje serán evaluados por el Equipo Técnico de Fiscalización Posterior del JNE, que también considerará información proveniente de otras entidades para elaborar un informe técnico.
Este informe será remitido a la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas, que revisará el caso desde una perspectiva legal para determinar si se produjeron irregularidades en el proceso de inscripción.
De confirmarse alguna infracción, la documentación será elevada al superior jerárquico y se trasladará a la Dirección General de Defensa Jurídica del JNE, que tomará las acciones correspondientes.
JNE declara improcedente el pedido que buscaba la cancelación de partidos
El pasado 05 de junio, el Jurado Nacional de Elecciones declaró improcedente la denuncia administrativa que solicitaba la nulidad de la inscripción de los partidos políticos Perú Primero, Primero La Gente y Perú Moderno.
A través de la Resolución N.º 000157-2025-DNROP/JNE, emitida el 3 de junio de 2025, el organismo electoral concluyó que no se cumplían con los requisitos legales para iniciar un proceso de nulidad, ya que la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) carece de competencia para anular actos administrativos fuera de una acción contenciosa ante el fuero electoral o judicial.
Según el sustento del documento, la exprocuradora alertaba presuntas vulneraciones al principio democrático y a los derechos fundamentales a la participación política electoral de elegir y ser elegido.
De esta manera, el Jurado Nacional de Elecciones inició el proceso de fiscalización posterior de fichas de afiliación que presentarían indicios de falsedad en el marco del registro de partidos políticos.