Política

Corte IDH: Perú no debe acatar fallo del TC que autoriza liberación de Alberto Fujimori

Corte señala que perdón presidencial a Alberto Fujimori no cumplió con condiciones de la resolución de mayo del 2018.
fujimori-424-4
08-04-2022

¡Atención! Este viernes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se pronunció sobre el indulto de Alberto Fujimori y señaló que el Estado peruano no debe acatar el fallo del Tribunal Constitucional que autoriza la liberación del expresidente Alberto Fujimori.

El Estado peruano debe de abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el 1 de marzo de 2022, que restituye los efectos del indulto 'por razones humanitarias' concedido a Alberto Fujimori Fujimori el 24 de diciembre del 2017”, indica el órgano internacional.

Quizás te interese leer| Aníbal Torres: “No tengo miedo a nada, no estoy aferrado al cargo”

Asimismo, la corte precisa que el indulto otorgado a Alberto Fujimori no cumplió con las condiciones determinadas en la resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia de 30 de mayo de 2018.

Además, se le solicita al estado peruano presentar -a más tardar el 13 de mayo del presente año- un informe “sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar en lo relativo a no ejecutar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el 17 de marzo del 2022 que restituye los efectos del indulto”.

LEE LA RESOLUCIÓN A CONTINUACIÓN

Loading...

Finalmente, se dispuso que los representantes de las víctimas del caso La Cantuta y Barrios Altos y la Comisión Interamericana adhiera sus observaciones en el indulto solicitado.

SÍGUENOS EN REDES SOCIALES