Elecciones 2026: JNE declara inejecutable sentencia que inscribía a Unidad Popular, partido de Duberlí Rodríguez
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró como "inejecutable" la sentencia del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima que disponía la inscripción retroactiva del partido político "Unidad Popular" del expresidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez.
Como se recuerda, el 31 de julio, el órgano de justicia emitió la resolución que reconocía a la agrupación política en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE y, por consiguiente, quedaba habilitado para participar en las elecciones general de 2026; no obstante, el JNE interpuesto un recurso de apelación hacia dicho fallo.
Argumentos del JNE
A través de un comunicado, el JNE recordó que, conforme al artículo 181 de la Constitución Política del Perú, sus resoluciones en materia electoral son "en instancia final, definitiva y no son revisables".
En ese contexto, recuerda que el plazo para la inscripción de partidos políticos caducó el pasado 12 de abril y que, acatar la sentencia alteraría el cronograma electoral, puesto que, se estarían vulnerando los principios de preclusión y seguridad jurídica. Puntualiza, además, que las medidas judiciales se cumplen siempre y cuando no comprometan el citado cronograma.
Asimismo, cuestiona los contenidos de la sentencia judicial y su resolución de ejecución inmediata, ya que, en la primera le ordena una inscripción provisional y en la segunda una definitiva y retroactiva, agravándose así el cronograma electoral en curso, menciona el JNE.
Frente a esta situación, el órgano electoral declaró inadmisible dicha sentencia porque "afecta directamente la estructura del cronograma electoral", además, "por generar un trato desigual respecto de las demás organizaciones políticas" y por "vulnerar los principios fundamentales de preclusión, igualdad ante la ley y seguridad política electoral".
Alianzas electorales establecidas
Habiéndose culminado el plazo para que las organizaciones políticas presentan sus solicitudes de alianza electoral en el marco del cronograma de las elecciones generales del próximo 12 de abril del 2026, el JNE registró en total cinco uniones, de las cuales, una deberá subsanar las observaciones detectadas como máximo hasta el martes 5 de agosto, las cuales se detallan a continuación:
- Fuerza y Libertad: conformada por los partidos políticos Batalla Perú y Fuerza Moderna, liderados por Zósimo Cárdenas y Fiorella Molinelli, respectivamente.
- Unidad Nacional: conformado por el Partido Popular Cristiano (PPC), Unidad y Paz y Peruanos Unidos: ¡Somos Libres! Estas agrupaciones son encabezadas por Carlos Neuhaus, Roberto Chiabra y Rennán Galindo.
- Venceremos: conformado por Voces del Pueblo y Nuevo Perú, presididos por Guillermo Bermejo y Vicente Alanoca.
- Frente de los Trabajadores y Emprendedores: conformado por Primero La Gente y el Partido de los Trabajadores y Emprendedores (PTE), a cargo de Marisol Pérez Tello y Napoléon Becerra.
- Ahora Nación: conformada por Ahora Nación y Salvemos al Perú, de Alfonso López Chau y Mariano González, respectivamente. Esta alianza deberá levantar las observaciones halladas hasta el 5 de agosto como plazo máximo.
De esta manera, el JNE deja en claro que el cronograma electoral es inquebrantable, por lo que, el partido político Unidad Popular no podrá participar en los comicios del próximo año.