Política

Fiscalía concluye diligencias en Palacio de Gobierno después de 16 horas

Se incautaron las grabaciones de las cámaras de seguridad de los días 8,9 y 10 agosto, cuando se realizó el operativo para ubicar a Yenifer Paredes.
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17-09-2022

El Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder y agentes de la Policía Nacional del Perú (PNP) concluyeron este sábado las diligencias en Palacio de Gobierno después de 16 horas, incautando las grabaciones de las cámaras de seguridad de los días 8,9 y 10 agosto, cuando se realizó el operativo para ubicar a Yenifer Paredes, cuñada del presidente Pedro Castillo.

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En declaraciones a la prensa, uno de los abogados del jefe de Estado, Eduardo Pachas, consideró que dicha disposición judicial carece de base jurídica y que ello ha sido dejado en constancia en el acta fiscal. Además, denunció que no estuvo presente la defensa legal de la hermana de la primera dama, Lilia Paredes, ni su defensor público del Ministerio de Justicia, por lo que iniciarán las acciones legales que correspondan.

"Se han entregado [las grabaciones de las cámaras de seguridad] del 8,9, 10 de agosto, y la diligencia ha durado 14 horas. Ha concluido en que ya tiene las cámaras, y se ha dado cumplimento al mandato en atención a las limitaciones que el propio mandato ha señalado", declaró a la prensa.

Por su parte, el otro abogado de Castillo, Benji Espinoza, subrayó que dicha diligencia se llevó sin ninguna "perturbación, obstaculización, traba o dificultad". "Se han abierto las puertas de la Fiscalía y se ha desarrollado con normalidad y sin ninguna inconveniente", afirmó.

Sin embargo, sostuvo que Iván Quispe, el único de los tres magistrados que votó en contra autorizar el allanamiento, ha dicho que no puede pronunciarse ante el pedido de la Fiscalía debido a que no son competentes al ser jueces de segunda instancia, por lo que, según precisó, no están facultados para autorizar una medida contra el mandatario ni Palacio de Gobierno.

Incluso, agrega Espinoza, Medina Salas y Gullén Ledesma, quienes votaron a favor de la resolución judicial, "no están seguros de su competencia" tampoco pues invocan al artículo 51 del Código Procesal Penal, bajo la premisa de que "mientras se determine si somos competentes, vamos a autorizar esta medida urgente".

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