Política

Bancos no pueden tocar ni un sol de los S/17,600 que cobrarán afiliados de AFP

Fondo que retiren tiene la condición de intangible y no puede retenerse ante cualquier deuda. Sagasti tiene hasta el 26 de abril para promulgar u observar la autógrafa.
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08-04-2021

Los S/17,600 (4 UIT) que se podrá desembolsar de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) irán directo a los bolsillos o cuentas bancarias de los peruanos, no podrá ser tomado ni retenido por otras entidades financieras como forma de pago ante un crédito o préstamo, así lo establece la ley que permite este retiro excepcional del Sistema Privado de Pensiones (SPP).

La norma, que está en manos del presidente Francisco Sagasti para ser promulgada u observada, establece que el dinero de las cuentas individuales tiene la condición de intangible.

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“El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados”, se lee en la autógrafa.

El Dato: Si el presidente Francisco Sagasti no observa, ni firma la autógrafa que permite la devolución de 4 UIT, el Congreso de la República tiene la facultad de promulgarlo a partir del 27 de abril.

Este artículo fue incluido durante el debate en la Comisión de Economía del Congreso como una especie de escudo de los abusos de las entidades bancarias, que podrían coger dicho monto para sus fines en medio de la crisis sanitaria, indicó el parlamentario Fernando Meléndez.

Sin embargo, hay una excepción a la regla: “Lo señalado en la presente disposición no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado”.

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Esto quiere decir que, tal como lo ha explicado Exitosa, las personas que tienen una deuda crediticia no perderían el dinero que saquen de sus AFP, pero sí deben cumplir con sus obligaciones como responsables de algún menor.

Cabe precisar que ya empezó el conteo regresivo porque el mandatario tiene hasta el 26 de abril para promulgar u observar la norma.