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Inés Tello y Aldo Vásquez: "No hemos anulado ninguna medida cautelar del PJ", según magistrado del TC

César Ochoa, magistrado del Tribunal Constitucional, aclara que el restablecimiento de la inhabilitación de Inés Tello y Aldo Vásquez en la JNJ no implica la anulación de la medida cautelar del Poder Judicial.
No se anula la medida cautelar del Poder Judicial. (Difusión)
26-04-2024

En entrevista con Exitosa, el magistrado del Tribunal Constitucional (TC), César Ochoa, se pronunció luego que restablecieran la inhabilitación de Inés Tello y Aldo Vásquez en la Junta Nacional de Justicia (JNJ). Sobre ello, aseguró que no se ha anulado la medida cautelar del Poder Judicial. "Se suspende, está en apelación, que siga y resuelva el mismo PJ", dijo. 

Nueva medida cautelar

César Ochoa emitió declaraciones relevantes luego de que se restableciera la inhabilitación de Inés Tello y Aldo Vásquez en la JNJ. El magistrado aclaró que la medida cautelar del Poder Judicial (PJ) no ha sido anulada, sino suspendida temporalmente mientras se resuelve el recurso de apelación correspondiente. 

El trasfondo de esta situación se remonta a una solicitud del Congreso al TC, quien concedió una medida cautelar suspendiendo una decisión del PJ a favor de los mencionados miembros de la JNJ

"El Congreso solicitó una medida cautilar al TC y el TC concedió esta medida, suspendiendo a su vez, una medida cautelar que había concedido el PJ, la sala de la Corte Superior de Justicia de Lima, en favor de dos miembros de la JNJ". 

Esta segunda medida cautelar, otorgada por el TC, se enmarca en un proceso competencial que involucra conflictos de competencia entre el Congreso de la República y el PJ. 

¿Hasta cuándo tendrá vigencia?

El magistrado del TC explicó que la suspensión de la medida cautelar del PJ se ha dispuesto en espera de que el PJ resuelva el recurso de apelación pendiente en dicho proceso. 

"No hemos anulado esa medida cautelar, simplemente hemos supendido sus efectos hasta que la Corte Suprema se pronuncie sobre ese pedido cautelar en el proceso de amparo. 

Asimismo, enfatizó que esta suspensión no constituye una anulación de la medida cautelar, sino una medida provisional hasta que la Corte Suprema emita su pronunciamiento sobre el pedido cautelar en el proceso de amparo.

"Esta es una medida provisional de suspensión de la cautelar que concedió el PJ hasta que la Corte Suprema pueda confirmar la medida cautelar apelada". 

Justificación de la tutela urgente

La medida cautelar presentada por el TC indica, en el número 41: "Se advierte que la suspensión de los efectos de la resolución 1, de fecha 22 de marzo del 2024, resulta indispensable para evitar un perjuicio irreversible a nuestro sistema de separación de poderes si se permitiera que, al menos durante un lapso de tiempo, miembros materialmente inhabilitados de la JNJ nombraran, ratificaran, o sancionaran jueces y fiscales de todos los niveles". 

El magistrado César Ochoa indicó que, de esta manera, justifican una tutela urgente, sustentando tanto la apariencia de derecho como el peligro en la demora. Sin embargo, aclaró que esta medida no constituye un pronunciamiento de fondo ni definitivo, sino una evaluación preliminar del caso. 

Así, el magistrado del Tribunal Constitucional, César Ochoa, se pronunció luego que restablecieran la inhabilitación de Inés Tello y Aldo Vásquez en la JNJ. Sobre ello, aseguró que no se ha anulado la medida cautelar del Poder Judicial.