JNE declara improcedente el pedido que buscaba la cancelación de Perú Primero, Primero La Gente y Perú Moderno
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente la denuncia administrativa que solicitaba la nulidad de la inscripción de los partidos políticos Perú Primero, Primero La Gente y Perú Moderno.
Cabe señalar que, el petitorio fue formulado por la exprocuradora anticorrupción Katherine Ampuero Meza, el pasado 20 de mayo, luego de que se revelara que las mencionadas agrupaciones políticas habrían recurrido a firmas falsas para lograr sus reconocimientos en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE.
Improcedencia en favor de "Perú Primero"
A través de la Resolución N.º 000157-2025-DNROP/JNE, emitida el 3 de junio de 2025, el organismo electoral concluyó que no se cumplían con los requisitos legales para iniciar un proceso de nulidad, ya que la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) carece de competencia para anular actos administrativos fuera de una acción contenciosa ante el fuero electoral o judicial.
"Debe quedar claramente establecido que el plazo de dos (2) años para la declaratoria de la nulidad de oficio vence después de consentido el acto y no en la fecha de su emisión, según lo previsto en el numeral 213.5 del artículo 213 del TUOLPAG. En el caso de la inscripción de organizaciones políticas es de cinco (5) días hábiles después de notificadas las resoluciones correspondientes", detalla el texto.
Según el sustento del documento, la exprocuradora alertaba presuntas vulneraciones al principio democrático y a los derechos fundamentales a la participación política electoral de elegir y ser elegido.
Además, solicitó al titular del Jurado Nacional de Elecciones, Roberto Burneo, a que se garantice la transparencia e integridad del venidero proceso electoral, el cual está convocado a llevarse a cabo el próximo domingo 12 de abril del 2026.
Investigación continúa al interior del JNE
Sobre las denuncias por presunta falsificación de firmas al interior de los tres partidos políticos, la resolución señala que la DNROP trasladó los informes del RENIEC, en los que da cuenta del caso a la Procuraduría Pública del JNE.
En ese contexto, puntualiza que estas acciones permitirán abrir las "acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables". Vale recordar que, el Ministerio Público también viene el caso por el presunto delito de falsificación de documento privado y uso de documento privado falso, en agravio del Estado, más precisamente contra el personero legal de Primero La Gente, Marco Antonio Zevallos Bueno.
El documento precisa también que, el JNE dará inicio al proceso de fiscalización posterior de los partidos políticos y movimientos regionales inscritos, según lo dispuesto en la Resolución N.º 000101-2025-P/JNE, de fecha 2 de junio de 2025. A través del dispositivo, determinarán si hubo o no "vicios que acarreen la nulidad" de los partidos políticos acusados.
De esta manera, Perú Primero, Primero La Gente y Perú Moderno, continúan en el proceso electoral a celebrarse el próximo año.