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Omar Cairo: Suspender investigación al presidente es interpretar mal la Constitución

“Si la Fiscal (de la Nación) decide no investigar -y eso es un error porque interpreta mal la Constitución- asumirá las consecuencias de ese error”, indicó Cairo.

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06/01/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

En diálogo con Exitosa, el abogado constitucionalista Omar Cairo se refirió a la decisión de la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, de iniciar investigación preliminar contra el presidente Castillo pero suspenderla hasta el término de su mandato. Según precisó el especialista esto sería un error, puesto que se estaría interpretando mal la Constitución.

“El artículo 114 de la Constitución establece que la presidencia se suspende cuando el jefe de Estado está sometido a proceso judicial conforme al art 117. Queda claro que este último artículo se refiere al impedimento de acusar al presidente ante el Poder Judicial, pero no prohíbe que la Fiscalía o el Congreso lo investigue [...] Si la Fiscal decide no investigar -y eso es un error porque interpreta mal la Constitución- asumirá las consecuencias de ese error”, señaló Cairo.

En entrevista para “Exitosa te Escucha”, el abogado constitucionalista también indicó que el hecho de que se suspenda la investigación contra el jefe de Estado no tendría porque afectar la gobernabilidad del país. “Además, este hecho no es un obstáculo para que el Congreso investigue, sin embargo no podría iniciar un antejuicio con vistas a un proceso penal”, aseveró.

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“El Congreso puede iniciar un procedimiento de juicio político, pero lo que no puede hacer es repetir el golpe de Estado [...] La vacancia no sirve para destituir a un presidente como sanción a una conducta. Ya nos pasó en el 2020 y desembocó en el encumbramiento del señor Manuel Merino como presidente de facto que tuvo que renunciar a los tres días. La vacancia es un procedimiento para declarar que por razones objetivas el presidente no puede continuar en el cargo, no para castigar a nadie”, acotó.

En tanto, Cairo aclaró que, en un juicio político, la Comisión Permanente podría acusar a un presidente ante el Pleno por infracción a la Constitución. De determinares que existió esta falta, el Congreso puede suspender, destituir o inhabilitar al jefe de Estado.

INVESTIGACIÓN PRELIMINAR

Cabe precisar que la fiscal de la Nación, Zoraida Avalos Rivera, abrió investigación preliminar al presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, por la presunta comisión de los delitos contra la administración pública (tráfico de influencias agravado, en su calidad de autor) y colusión (en calidad de partícipe), en agravio del Estado.

En esta investigación, existen hechos atribuibles al jefe de Estado en la licitación del proyecto 'Puente Tarata III' (San Martín) y en la licitación para abastecer de Biodiesel B100 a Petroperú, en el período enero-abril 2022.

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Al jefe de Estado también se le atribuye haber intervenido -indebida e indirectamente- en el proceso para la adquisición de Biodiesel B100 en el mercado local para el período enero-abril 2022, con la finalidad de que la empresa Heaven Petroleum Operator, dirigida por el empresario Samir Abudayeh, gane un contrato por la suma de US$ 74 millones.

El despacho de la fiscal de la Nación también emitió una segunda disposición con la que abre investigación preliminar al presidente Castillo Terrones por la presunta injerencia en los ascensos militares. En este caso, se le atribuye los delitos de tráfico de influencias y patrocinio ilegal.

Es importante indicar que el inicio de los actos de investigación quedará suspendido hasta la culminación de su mandato presidencial en razón de su inmunidad absoluta que trasciende el ámbito procesal penal.

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