Onpe: ¿Fuerza Popular perdería derecho a financiación pública y pagaría multas millonarias?
El estatuto de la ley de partidos políticos indica tres sanciones simultáneas para agrupaciones que inclumplan con el proceso de recibo de financiación privada. Esto tras la declaración de Dionisio Romero, en la cual aseguró haber aportado 3.65 milllones de dólares a la campaña de Keiko Fujimori, durante el 2011.
Según el estatuto, el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, previo informe de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, sancionará con la pérdida de los derechos a financiación pública cuando el partido político no cumpla con presentar la contabilidad detallada de los ingresos y gastos anuales.
Con respecto a la omisión de información de contabilidad de ingresos, la sanción deberá ser equivalente a no menos de diez ni más de cincuenta veces el monto de la contribución recibida, omitida o adulterada. Cabe recalcar que así los aportes sean de fuentes lícitas, la ley indica que los aportes no declarados por los partidos políticos se presumen de fuente prohibida.
Asimismo, como lo refiere el artículo 30° de la ley de partídos políticos en el apartado de financiamiento privado, las aportaciones procedentes de una misma persona natural o jurídica no pueden exceder, individualmente, las sesenta unidades impositivas tributarias al año. Es decir, el monto permitido es de S/.237 mil.
Si es que se da el caso de superarse el tope establecido de donación, la multa equivaldría al menos de hasta 30 veces el monto de la contribución recibida.