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¡Atención! Extranjeros ya pueden tramitar cambio a calidad migratoria especial residente de manera virtual

De acuerdo a lo indicado, con la calidad migratoria especial residente, los ciudadanos extranjeros podrán avanzar en su proceso de integración y mejorar su calidad de vida.
Calidad migratoria especial residente. (Andina)
24-10-2023

La Superintendencia Nacional de Migraciones informó que las personas extranjeras que cuentan con carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) por más de seis meses ya pueden tramitar la calidad migratoria especial residente de manera virtual.

¡Atención ciudadanos extranjeros!

Según indicaron, dicho trámite se podrá realizar a través de la Agencia Digital Migraciones y con aquel podrán obtener el carné de extranjería. 

El Decreto Supremo N°008-2023-IN, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de Migraciones, fue publicado este domingo 22 de octubre en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Entre otros aspectos, el decreto mencionado establece el procedimiento mediante el cual se podrá acceder a la citada calidad migratoria. Más de 300 mil personas extranjeras que obtuvieron en el CPP en el anterior proceso de regularización, establecido mediante el DS 010-2020-IN, pueden solicitar esta calidad migratoria.

De igual manera aquellos que obtengan el CPP en el proceso actual, luego de cumplir una permanencia mínima de seis meses, computados desde la aprobación de su permiso temporal.

Detalles del trámite virtual

Cabe mencionar que, el pago del derecho de trámite para acceder a esta calidad migratoria es de S/ 40.60, el cual se cancela en el Banco de la Nación o a través de Págalo.pe con el código 07568.

De este modo, la persona que lo solicita deberá ingresar a la Agencia Digital Migraciones y llenar el formulario respectivo, indicando el número de recibo y la fecha de pago. No es necesario que acuda a alguna de las sedes de Migraciones.

En la plataforma web debe adjuntar la copia simple del pasaporte o documento de viaje análogo reconocido por el estado peruano o el documento oficial emitido por Migraciones. También, la declaración jurada de no registrar antecedentes penales, policiales y judiciales vigentes, en el Perú, ni en el extranjero; ni alertas de Interpol, entre otros.

Migraciones evaluará la solicitud presentada en un plazo máximo de 30 días hábiles, dentro de los cuales verificará toda la información presentada por el solicitante, mediante la interoperabilidad con diversas bases de datos, entre ellas, Interpol, a efectos de garantizar que solo accedan a esa calidad migratoria las personas que cumplan con los requisitos.

El resultado del trámite será notificado al buzón electrónico del solicitante y, en caso de ser aprobado, éste deberá programar una cita para recoger su carné de extranjería. 

De esta manera, la Superintendencia Nacional de Migraciones informó que las personas extranjeras que tienen el carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) por más de seis meses ya pueden tramitar la calidad migratoria especial residente de manera virtual.