Congreso: Presentan proyecto de ley que prohíbe el uso de celulares en niños menores de seis años
La congresista Nieves Limachi Quispe (Juntos por el Perú - Voces del Pueblo - Bloque Magisterial) presentó un proyecto de ley con la finalidad de establecer la prohibición del uso de celulares en menores de seis años.
Dicha iniciativa se enmarca en el Proyecto de Ley N.º 14154/2026-CR, presentado este viernes 6 de marzo, a través de la plataforma institucional del Congreso de la República, con el respaldo de su bancada congresal.
¡Atención, padres de familia!
De acuerdo con el texto presentado por la parlamentaria del bloque de izquierda, se busca contribuir a la protección de la salud física y mental de los niños menores de seis años de edad, promoviendo decisiones de consumo por parte de los padres de familia y responsables de su cuidado.
En ese sentido, plantea la incorporación obligatoria de advertencias en el empaque de los dispositivos. Bajo esta consideración, todo teléfono móvil deberá consignar en su cara principal, con letras mayúsculas de color negro, de forma "visible, legible e indeleble", el siguiente mensaje: "ADVERTENCIA: NO SE RECOMIENDA EL USO DE ESTE DISPOSITIVO EN MENORES DE SEIS 6 AÑOS DE EDAD".
"La presente ley es aplicable a las personas naturales o jurídicas que fabriquen, importen, distribuyan o comercialicen teléfonos móviles destinados al consumidor final en el territorio nacional", señala el texto.
Cabe precisar, que la advertencia deberá ocupar un espacio no menor del 30 % del área de la cara principal del empaque y cumplir con las especificaciones técnicas y normas gráficas que se establezcan en el reglamento a cargo del Gobierno.
Además, los establecimientos, locales y centros comerciales donde se importen, distribuyan o comercialicen teléfonos móviles, deberán exhibir en un "lugar visible" y de fácil lectura, un aviso informativo con la siguiente descripción:
"NO SE RECOMIENDA EL USO DE TELÉFONOS MÓVILES EN MENORES DE SEIS AÑOS DE EDAD. SU UTILIZACIÓN PUEDE GENERAR EFECTOS ADVERSOS EN EL DESARROLLO COGNITIVO, EMOCIONAL Y FÍSICO".
Disposiciones a tener en cuenta:
De aprobarse el mencionado proyecto de ley en el Pleno del Congreso, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, se encargará de su reglamentación en un plazo no mayor de 90 días calendario, contados desde su publicación en El Peruano.
Asimismo, el Minsa podrá coordinar con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), los lineamientos técnicos, el formato gráfico, las características de impresión y los mecanismos de supervisión y fiscalización.
Las empresas dedicadas a la importación, distribución y comercialización de los aparatos tecnológicos tendrán un año para la aplicación de los mensajes en sus empaques. Del mismo modo, se exceptúa de los alcances a las mercancías que, con anterioridad a su entrada en vigor, hayan sido adquiridas, se encuentren embarcadas con destino al país o se encuentren en zona primaria sin haber sido destinadas a un régimen aduanero definitivo.
Finalmente, la parlamentaria asevera que su iniciativa legislativa responde a un enfoque preventivo de salud pública, "constitucionalmente legítima, técnicamente viable y económicamente razonable", estando alineada con las políticas nacionales de protección de la infancia, defensa del consumidor y al principio del interés superior del niño.