Congreso: Proponen incrementar a 20 años la pena por fabricar, comercializar y usar armas de fuego ilícitamente
El congresista Idelso Manuel García Correa (Alianza Para el Progreso) presentó un proyecto de ley con el objetivo de fortalecer la lucha contra la inseguridad ciudadana en el país, endureciendo las penas a quienes fabriquen, comercialicen, usen o porten armas sin estar debidamente autorizados.
En ese sentido, el Proyecto de Ley N.º 13143/2025-CR, presentado el lunes 10 de noviembre, a través de la plataforma institucional del Congreso, propone atender y contrarrestar una de las principales actividades ilícitas que va de la mano con la delincuencia.
Detalles del proyecto de ley
De acuerdo con el texto formulado por el parlamentario, se pasaría a modificar el artículo 279-G del Código Penal - Fabricación, comercialización, uso o porte de armas, quedando establecido de la siguiente manera:
"El que, sin estar debidamente autorizado, fabrica, ensambla, modifica, almacena, suministra, comercializa, trafica, usa, porta o tiene en su poder, armas de fuego de cualquier tipo, municiones, accesorios o materiales destinados para su fabricación o modificación, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 15 ni mayor de 20 años", detalla la propuesta.
Del mismo modo, la pena será la misma para quienes presten, alquilen o faciliten las armas para fines delictivos. La sanción será la misma si en caso se comprueba que el armamento usado en favor de la delincuencia es de propiedad del Estado.
Otra consideración importante del proyecto de ley es que las mismas penas se aplicarían para miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, en actividad o en retiro, o del Instituto Nacional Penitenciario (INPE); así como, para quienes trafiquen armas de fuego artesanales o materiales destinados para su fabricación.
Inhabilitación por infringir la ley
De aprobarse la iniciativa legislativa en el Pleno del Congreso y quienes la infrinjan conforme detalle el texto, serán inhabilitados conforme a los incisos 1), 2), 4) y 6) del artículo 36 del Código Penal. Además, se agregará el inciso 8) si es miembro de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú. Para esto últimos, también se les aplicará 180 a 360 días-multa.
En su exposición de motivos, el parlamentario hace hincapié en que en los últimos 30 años, la disponibilidad de armas de fuego ilegales se incrementó considerablemente, es así que menciona que, solo en el 2024 se registró un aproximado de 70 000 armamentos circulando por todo el país.
Frente a la grave crisis de inseguridad ciudadana que atraviesa el país y en donde más del 90 % de víctimas mortales han sido ejecutadas por armas de fuego, considera el congresista que deben incrementarse las penas.
Desde el Congreso presentan una nueva propuesta para endurecer las leyes contra los responsables de fabricar, comercializar y usar armas de fuego ilegales, las cuales van vinculadas a los delitos de sicariato y extorsión.