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Gobierno aprueba nuevo bono para pescadores por Fenómeno El Niño: ¿a quiénes beneficia y hasta cuándo se podrá cobrar?

El "Bono del Pescador Artesanal" fue oficializado a través del Diario Oficial El Peruano. "Busca mitigar los impactos económicos negativos como consecuencia del Fenómeno El Niño y los oleajes anómalos", precisó el Gobierno.
Gobierno aprueba nuevo bono para pescadores por Fenómeno El Niño (Difusión)
24-11-2023

El Gobierno aprobó la entrega de un nuevo bono para pescadores artesanales con el objetivo de mitigar los impactos económicos a consecuencia del Fenómeno El Niño

A detalle, el Decreto de Urgencia N.º 038-2023 fue publicado hoy viernes 24 de noviembre en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Asimismo, lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte, el premier Alberto Otárola; el ministro de Economía, Alex Contreras; de Producción, Ana María Choquehuanca, y de Vivienda, Hania Pérez de Cuéllar. 

¿A quiénes beneficia y hasta cuándo se podrá cobrar?

Beneficiarios

En ese sentido, las condiciones para el otorgamiento de la subvención económica por el monto de S/ 700,00 son las siguientes:

  1. Debe dedicarse formalmente a la actividad pesquera artesanal de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE.
  2. Debe estar incluido en el Padrón de Beneficiarios de los pescadores artesanales.
  3. No debe estar siendo beneficiado de programas sociales.

Cotejo de información

El decreto de urgencia también estableció que el Ministerio de Producción elaborará el padrón de beneficiarios de los pescadores artesanales "con información provista por los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa (MINDEF)".

Posteriormente, el cotejo masivo de datos estará a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), y contará con la verificación, "de no ser beneficiario de programas sociales", por parte del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS).

Fecha límite

La norma también estableció el siguiente cronograma para la implementación y efectivización del "Bono del Pescador Artesanal": 

  • Hasta máximo 20 días calendario contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia para la aprobación del Padrón de Beneficiarios de los pescadores artesanales.
  • Hasta máximo 10 días calendario contados desde la aprobación del citado Padrón de Beneficiarios para el inicio del desembolso de la subvención económica.
  • El cobro de la subvención monetaria por parte de los pescadores artesanales puede hacerse efectivo hasta el 28 de febrero de 2024.

Cabe indicar que, la entrega de la subvención económica se realizará a través del Banco de la Nación, sin cobro de comisiones o gastos al beneficiario de la subvención, quedando estos a cargo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero. Según estimaciones del Gobierno, esta bonificación beneficiará a más de 47,500 pescadores.

De esta manera, el "Bono del Pescador Artesanal" fue oficializado a través del Diario Oficial El Peruano. "Busca mitigar los impactos económicos negativos como consecuencia del Fenómeno El Niño y los oleajes anómalos", precisó el Gobierno.