Hasta seis años de cárcel: plantean endurecer penas por maltrato y abandono de animales
La protección de los animales podría contar con un nuevo marco sancionador si prospera la iniciativa presentada por la diputada Marleny Arminta Valencia, de la bancada Ahora Nación.
El proyecto plantea fortalecer las penas contra quienes cometan actos de crueldad, maltrato o abandono de animales domésticos y silvestres, con sanciones que podrían alcanzar los seis años de pena privativa de libertad.
La propuesta legislativa plantea modificar el artículo 206-A del Código Penal e incorporar disposiciones específicas relacionadas con el abandono y los actos de crueldad contra animales. De acuerdo con el planteamiento, quien, por acción u omisión, maltrate cruelmente o abandone a un animal doméstico o silvestre podría recibir una pena de hasta tres años de prisión, además de entre 100 y 180 días-multa.
Hasta seis años por casos agravados
El proyecto establece que las sanciones aumenten cuando los actos de crueldad se produzcan bajo determinadas circunstancias consideradas agravantes. En estos casos, la pena sería no menor de cuatro ni mayor de seis años de prisión, acompañada de entre 120 y 365 días-multa e inhabilitación.
Entre los escenarios contemplados se encuentra que la agresión ocasione la pérdida o inutilización, temporal o permanente, de un sentido, órgano, miembro o apéndice del animal. También se considera agravante el uso de armas, fuego, veneno, sustancias químicas irritantes, sustancias estupefacientes o psicotrópicas, otros animales o cualquier instrumento empleado para causar daño.
La iniciativa también contempla como circunstancia agravante los actos de naturaleza sexual contra el animal mediante acceso vaginal, anal o bucal, así como la introducción de cualquier parte del cuerpo u objeto con fines de gratificación sexual.
Asimismo, se plantea una mayor responsabilidad cuando el autor tenga una relación directa con el cuidado o custodia del animal. La medida alcanza a estudiantes o bachilleres veterinarios o zootécnicos, médicos y asistentes veterinarios, cuidadores, paseadores, entrenadores, propietarios y tenedores.
También incluye a integrantes de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, el Serenazgo, personal de vigilancia privada y funcionarios o servidores públicos que tengan bajo su custodia al animal o acceso a este por razón de su cargo.
¿Qué ocurre si el animal muere?
Uno de los puntos centrales de la propuesta es el tratamiento de los casos en los que el maltrato o abandono provoque la muerte del animal. En estas situaciones, el proyecto establece una pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de seis años.
Además de la prisión, se contemplarían entre 150 y 360 días-multa y la correspondiente inhabilitación, conforme al numeral 13 del artículo 36 del Código Penal.
En la exposición de motivos, la diputada Arminta Valencia sostiene que la protección de los animales ha adquirido una relevancia cada vez mayor dentro de la agenda pública nacional durante los últimos años. Bajo esa perspectiva, la iniciativa busca reforzar las herramientas legales para responder ante hechos de crueldad y abandono.
En conclusión, el proyecto propone elevar la respuesta penal frente al maltrato animal y establecer penas diferenciadas según la gravedad de los hechos, las circunstancias en que se produzcan y sus consecuencias. La iniciativa deberá seguir el procedimiento legislativo correspondiente antes de determinar si estas modificaciones finalmente se incorporan al Código Penal.