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Lucha contra la delincuencia

Placas con chips para motocicletas y mototaxis: Entérate desde cuándo entrará en vigencia lo dispuesto por el MTC

El MTC estableció la fecha de entrada en vigor de la nueva placa de rodaje con chip para las motocicletas y mototaxis de todo el país.
Vehículos menores tendrán nuevas placas desde diciembre. Andina
30-11-2025

Con el objetivo de fortalecer la identificación de los vehículos menores que circulan en todo el país y sus propietarios por parte de la Policía Nacional del Perú (PNP), dispuso la obligatoriedad de placas de rodaje con chips, a partir del mes de diciembre del 2025.

La especialista legal de la Dirección de Políticas y Normas en Transportes Vial del MTC, Yushara Sacsa Tello, señaló para la Agencia Andina, que esta medida busca reforzar la lucha contra la delincuencia, llevada a cabo en gran parte a través de motocicletas, con la visualización de este nuevo elemento a manera de escáner.

Vigencia y características

La funcionaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones confirmó que la entrada en vigencia de las nuevas placas con chips será desde este 17 de diciembre, de forma obligatoria para quienes adquieran motocicletas como mototaxis nuevos en todo el país.

No obstante, los motociclistas que circulan con las placas vigentes, deberán adaptarlas al nuevo modelo establecido por el MTC, una vez que aprueben el respectivo cronograma durante los próximas semanas.

Con referente a las características de las nuevas placas, tendrá dos elementos: el primero ubicado en la parte posterior del vehículo, que deberá tener siete dígitos, un tamaño de hasta 17 x 20 cm y fondo blanco con letras grandes. Y el segundo, en la parte delantera, consistirá en una placa holográfica transparente que contendrá un chip de identificación por radiofrecuencia (RFID).

El chip, que incluirá la información del número de matrícula del vehículo y del número de serie del motor, facilitando así los controles que realicen las autoridades con ayuda de lectores manuales u otros sistemas. Esto permitirá identificar, por ejemplo, si una motocicleta ha sido robada o si está involucrada en algún acto delincuencial.

Uso de chalecos

El MTC aprobó, mediante el Decreto Supremo N.º 018-2025-MTC, las modificaciones al Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1216, que fortalece la seguridad ciudadana en materia de tránsito y transporte, así como al Reglamento Nacional de Tránsito (RNT). La norma precisa las condiciones para el uso obligatorio de chalecos distintivos y cascos de seguridad por parte de los conductores y acompañantes de motocicletas.

Con esta medida, las sanciones por no usar chaleco con el número de placa del vehículo -infracciones tipificadas con los códigos G.68 y G.69 del RNT -solo se aplicarán en las zonas declaradas en estado de emergencia por orden interno, siempre que la norma correspondiente así lo disponga.

Es preciso señalar que las infracciones sobre el uso de chalecos distintivos en motociclistas se sancionan mediante el código G.68 (no portar el chaleco) y G.69 (impedir la visibilidad de la placa consignada en el chaleco). En ambos casos, la multa asciende a S/ 428 (8 % de la UIT), la cual implica la acumulación de 20 puntos en el récord del conductor y la retención del vehículo.

Asimismo, el decreto precisa las condiciones técnicas para el uso de cascos de seguridad y lentes protectores. En caso de que el casco no cuente con visor, es obligatorio el uso de lentes protectores. El incumplimiento de estas disposiciones constituye una infracción grave, tipificada con el código G.59, sancionada con una multa de S/ 428, equivalente al 8 % de la UIT, y la retención del vehículo.