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¡No votar puede salir caro!

Elecciones Generales 2026: Conoce a cuánto asciende la multa electoral si no votas en la segunda vuelta

Los ciudadanos que no participen en la segunda vuelta presidencial del próximo 7 de junio deberán asumir una multa económica, cuyo monto variará según la clasificación socioeconómica del distrito consignado en su DNI.
Multa electoral Difusión
31-05-2026

De acuerdo con la alerta emitida por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), aquellos ciudadanos que no acudan a sufragar en la segunda vuelta presidencial de este domingo 7 de junio serán penalizados de manera obligatoria con una multa económica.

El costo exacto de dicha sanción no será el mismo para todos, ya que se calculará de forma diferenciada tomando como base la clasificación socioeconómica del distrito de residencia que figura impreso en el Documento Nacional de Identidad (DNI) de cada elector, por lo que las autoridades exhortan a la población a revisar su situación para evitar sorpresas financieras tras la jornada electoral.

Consecuencias de no pagar la multa

La multa determinada por el Jurado Nacional de Elecciones no impide ejercer el derecho al voto en comicios futuros, pero restringe:

  • Trámites notariales
  • Inscripciones civiles
  • Participación en procesos judiciales y administrativos
  • Acceso a programas sociales
  • Obtención de licencias de conducir
  • Acceso a cargos públicos

Además, el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva que podría incluir el embargo de cuentas bancarias u otros bienes. Para cualquier gestión vinculada a la sanción, solo se requiere el documento nacional de identidad. Las opciones de consulta y pago, tanto presenciales como digitales, están diseñadas para facilitar el cumplimiento de esta obligación ciudadana.

¿Cuánto es la multa por no votar?

Según el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), las multas se establecen de acuerdo con la clasificación del distrito. En zonas consideradas de pobreza extrema la sanción es menor, mientras que en distritos no catalogados como pobres la cifra es más alta.

  • Distritos "No pobres": S/ 110.00 (equivalente al 2% de la UIT).
  • Distritos catalogados como pobres: S/ 55.00 (equivalente al 1% de la UIT).
  • Distritos de "Pobreza extrema": S/ 27.50 (equivalente al 0.5% de la UIT).

Cabe recordar que durante la primera jornada electoral, realizada el 12 de abril, también estuvo vigente esta escala de sanciones para todos aquellos ciudadanos que no cumplieron con emitir su voto.

¿Quiénes están exentos de la obligación de votar?

La legislación electoral peruana establece algunas excepciones respecto a la obligatoriedad del sufragio. Los ciudadanos mayores de 70 años tienen derecho a decidir libremente si participan o no en los comicios sin recibir sanción alguna.

Con la segunda vuelta cada vez más cerca, las autoridades electorales exhortan a la ciudadanía a cumplir con su deber cívico y verificar con anticipación su local de votación. Más allá de evitar una sanción económica, participar en las urnas representa una de las herramientas más importantes para decidir el rumbo político del país y fortalecer el sistema democrático.