Exitosa Perú
FF. AA. mantendrán el orden interno

Loreto: Ejecutivo prorroga estado de emergencia en las provincias del Putumayo y Mariscal Ramón Castilla para reforzar el control migratorio

El Gobierno amplió el estado de emergencia por 60 días en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla (región Loreto) para afrontar los grupos hostiles y reforzar el control migratorio y fronterizo.
Amplían estado de emergencia en zonas fronterizas de Loreto. Ministerio de Defensa
02-04-2026

El Poder Ejecutivo extendió el estado de emergencia por 60 días calendario en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto, a fin de seguir haciéndole frente al accionar de los grupos hostiles y de otras amenazas conexas; así como, para reforzar el control migratorio y fronterizo.

De acuerdo con el Decreto Supremo N.º 050-2026-PCM, publicado este jueves 2 de abril, el Gobierno dispone que las Fuerzas Armadas se encarguen de mantener el control del orden interno y que la Policía Nacional del Perú brinde su apoyo operacional para lograr con dichos objetivos, a partir del lunes 6 de abril.  

Consideraciones a tener en cuenta:

La actuación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú se rige por las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N.º 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y, en el marco del Decreto Legislativo N.º 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú.

Asimismo, el Comando Unificado Putumayo/Mariscal Castilla (CU PUMA) informará los resultados obtenidos al ministro de Defensa, al culminar la vigencia del estado de emergencia. Dicho informe final es elevado a la Presidencia de la República y al Congreso de la República.

Del mismo modo, la implementación de las acciones previstas en el dispositivo se financia con cargo al presupuesto institucional asignado a los ministerio de Defensa, Economía y Finanzas, Interior, Justicia y Derechos Humanos, y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Medidas continúan vigentes

Como parte de la disposición complementaria final del presente decreto supremo, se hace mención que se mantienen vigentes todas las disposiciones dadas en el Decreto Supremo N.º 139-2025-PCM, de fecha 6 de diciembre del año pasado. 

En ese sentido, las fuerzas del orden realizarán las siguientes acciones de control y vigilancia en las fronteras: 

  • Patrullaje motorizado permanente y continuo por la línea fronteriza de Perú.
  • Intervención a los migrantes que intenten cruzar por pasos no habilitados y/o autorizados.
  • Operativos en los pasos no autorizados y/o habilitados a fin de prevenir y combatir la criminalidad.
  • Monitoreo aéreo con drones en las zonas donde se ubica la línea fronteriza y pasos no habilitados.

 

  • Acciones de inteligencia:

- Identificar, ubicar pasos no habilitados y/o autorizados en la línea fronteriza.

-Verificar que se lleve a cabo eficientemente los servicios policiales permanentes establecidos en la zona fronteriza.

- Coordinar oportunamente con las unidades operativas las acciones de inteligencia a realizarse en la zona fronteriza ante hechos delictivos.

Finalmente, el presente decreto supremo es refrendado por el presidente José María Balcázar, el titular del Consejo de Ministros, Luis Arroyo Sánchez, y los titulares de Defensa, Economía y Finanzas, Interior, Justicia y Derechos Humanos.