Osmán Morote: Poder Judicial declara improcedente solicitud de libertad del cabecilla terrorista
El Poder Judicial (PJ) declaró improcedente la solicitud de libertad presentada por el sentenciado Osmán Roberto Morote Barrionuevo, cabecilla de la organización terrorista Sendero Luminoso.
La Primera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada estuvo a cargo de la evaluación del pedido, instancia que resolvió que, "no se acreditaron razones humanitarias debidamente justificadas ni fundamentos jurídicos válidos" para admitir el petitorio.
Buscaba su libertad adoleciendo problemas de salud
De acuerdo con lo anunciado por la Procuraduría General del Estado, la defensa del condenado había solicitado la aplicación del artículo 22 del Código Penal —modificado por la Ley N.º 32181— argumentando un supuesto deterioro de salud y condiciones inhumanas de reclusión.
Sin embargo, tras la oposición del Ministerio Público y de la Procuraduría Especializada en Delitos de Terrorismo, el tribunal desestimó el requerimiento, garantizando el cumpliendo su condena a cadena perpetua.
Cabe señalar que, Osmán Roberto Morote Barrionuevo fue sentenciado a la máxima pena como autor mediato, en aparato organizado de poder, del atentado terrorista perpetrado el 16 de julio de 1992 en la calle Tarata, Miraflores.
No es la primera vez que buscaba salir de prisión
En julio último, el también conocido como "camarada Remigio" solicitó la aplicación de Ley 32181, argumentando que tiene más de 80 años y que cuenta con un deterioro de su salud física y mental, las cuales le podrían ocasionar la pérdida de la memoria y desorientación.
Sin embargo, las autoridades mencionaron que dicho documento no permite advertir que el interno presente condiciones de enfermedad terminal o crónica en etapa avanzada hacia el líder terrorista.
"No se ha cumplido con adjuntar documento alguno que permita advertir que en el establecimiento penitenciario donde se encuentra el solicitante cumpliendo su condena, no se le esté brindando una adecuada atención médica o que el servicio médico proporcionado resulta inadecuado o no resulte viable", manifestó la Fiscalía.
Cabe señalar que, en septiembre del año 2018, el Colegiado A de la Sala Penal Nacional condenó a cadena perpetua a la cúpula de Sendero Luminoso por el atentado en la calle Tarata, siendo estos: Abimael Guzmán, Elena Yparraguirre, Osmán Morote, Florindo Flores, Óscar Ramírez, María Pantoja, Laura Zambrano, Florentino Cerrón, Edmundo Cox y Margot Liendo.
La Procuraduría General del Estado, a través de su Procuraduría Especializada en Delitos de Terrorismo, expresó su compromiso con la defensa jurídica del Estado y de las víctimas del terrorismo, velando porque las condenas impuestas a los responsables de estos crímenes se cumplan conforme a ley y en resguardo del Estado de Derecho.