PJ saluda fallo del TC que prohíbe penalizar a menores de edad: "Cuando una decisión es justa, se aplaude y se felicita"
Frente a la declaración de inconstitucionalidad a la ley que permitía la penalización de adolescentes de 16 y 17 años, desde el Poder Judicial (PJ) saludaron oficialmente lo resultado el pasado 16 de enero por el Tribunal Constitucional (TC).
En el marco de la Reunión Anual 2026 de presidentas y presidentes de las Cortes Superiores del país, gerentes/as y/o jefes de administración distrital del Poder Judicial, la titular de la institución, Janet Tello Gilardi, felicitó la decisión y exhortó a los operadores de justicia a dar cumplimiento del fallo.
"Acabamos de obtener ese gran triunfo"
Conocida su postura desde la promulgación de la ley que fuera aprobada por el Congreso de la República en mayo del 2025, la magistrada no ocultó su satisfacción por la sentencia emitida por el TC, en mérito a la demanda de inconstitucionalidad planteada en conjunto con la Defensoría Del Pueblo, Colegio de Abogados de Ayacucho y el Ministerio Público.
"Acabamos de obtener ese gran triunfo y, como le dije a la presidenta del Tribunal Constitucional (Luz Pacheco Zerga), cuando una decisión es justa, se saluda, se aplaude y se felicita", expresó la titular del PJ.
De acuerdo con la sentencia del TC, dispone el archivamiento y reconducción a los órganos competentes de todos los procesos tramitados en el marco de la Ley N.º 32330, conforme a lo dispuesto en el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.
"Ahora toca al Poder Judicial dar cumplimiento a esa sentencia y, por lo tanto, hay un reto pendiente: que los procesos penales contra las y los adolescentes sean reconducidos al sistema penal juvenil", refirió.
Procesos a cargo del sistema penal juvenil
Frente a la sentencia del máximo intérprete de la Carta Magna, la situación jurídica de los adolescentes investigados, así como las medidas de coerción aplicables de acuerdo con cada caso concreto, serán determinadas en nuevos procesos, bajo la dirección del fiscal y del juez o jueza de familia.
En el caso de los adolescentes que sean sancionados, deberán ser trasladados a los centros juveniles de diagnóstico y rehabilitación que determine el Programa Nacional de Centros Juveniles (Pronacej).
En su resolución, el TC determinó la inaplicación de la mencionada ley por contravenir el bloque de constitucionalidad en materia de adolescencia, la Convención sobre los Derechos del Niño, las Observaciones Generales del Comité Monitor y las recomendaciones efectuadas al Estado en los informes periódicos 6° y 7° del Perú, por la que expresa la prohibición de reducir la edad de imputabilidad penal.
Pese a las críticas expresadas por una parte de la ciudadanía y la PNP por el fallo del TC, desde el PJ saludaron la emisión de la misma.