Francisco Diez Canseco plantea extender el plazo de detención en flagrancia de 48 horas a 30 días
Uno de los principales temas en agenda para esta campaña electoral es sin duda la grave crisis de inseguridad que atraviesa nuestro país, principalmente Lima Metropolitana y La Libertad, donde permanentemente están bajo estado de emergencia para que el Ejecutivo pueda intensificar sus acciones para contrarrestar este flagelo.
Bajo esta consideración, el candidato presidencial por el partido político Perú Acción, Francisco Diez Canseco, focaliza una de sus estrategias en favor de la Policía Nacional del Perú (PNP) y el Ministerio Público en ampliar el plazo de detención preliminar, a fin de que desarrollen sus diligencias con el tiempo suficiente, teniendo en cuenta lo compleja que son las investigaciones cuando se tratan de estructuras criminales.
Inseguridad ciudadana: Una de sus prioridades
En entrevista para el programa "En Defensa de la Verdad", candidato de 79 años sostuvo que su propuesta parte por su lucha contra la corrupción, la cual está presente en cada aparato del Estado. Con la finalidad de que los delincuentes en flagrancia no obtengan su libertad a las horas de haber cometido delito alguno, Diez Canseco "extrema medidas" y propone que sean detenidos hasta por 30 días y no por 48 horas, tal como vienen ocurriendo a la fecha.
"La idea es que primero tenemos que atacar la corrupción, en el camino estamos planteando varias medidas concretas. Número uno: extender el plazo de detención de los delincuentes capturados en flagrancia de 48 horas a 30 días; es decir, los que están con las manos en la masa", comentó.
En ese sentido, tomó con referencia los datos estadísticos que dejó el exministro del Interior, Juan José Santiváñez, quien, sostuvo, que el 96 % de los hampones quedan en libertad a los dos días de haber sido detenidos y que en vez de ponerse a derecho vuelven a reincidir con sus actos delictivos.
Propuesta pendiente en el Congreso
Una iniciativa similar en materia de detención policial fue aprobada por mayoría en la Comisión de Constitución del Congreso, el pasado 4 de noviembre, pero en casos cuando el imputado está vinculado a los delitos de sicariato y extorsión.
De acuerdo con lo aprobado en el Parlamento, con la modificatoria del numeral 5 y el literal "f" del numeral 24 del artículo 2 de la Constitución, nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito.
La detención no durará más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las investigaciones y, en todo caso, el detenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente, dentro del plazo máximo de 48 horas o en el término de la distancia.
"Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas, extorsión, sicariato y a los delitos cometidos por organizaciones criminales. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados por un término no mayor de 15 días naturales. Deben dar cuenta a la Fiscalía y al juez, quien puede asumir jurisdicción antes de vencido dicho término", señala el texto.
Según el texto, la PNP contará con un mayor plazo para efectuar investigaciones en casos de extorsión y sicariato, se les permitirá el levantamiento del secreto bursátil para investigar sobre las ramificaciones financieras de la criminalidad y se podrá reducir la posibilidad de liberar, sin investigación suficiente, evitando así la impunidad.
Es importante señalar que, por ser un proyecto de reforma constitucional, se requieren dos votaciones en dos legislaturas consecutivas para su aprobación definitiva. De esta manera, el candidato presidencial plantea una propuesta ya vista en el Legislativo, pero que no ha recibido la prioridad que necesita, pese a la incremento de los homicidios en los primeros tres meses de la gestión del presidente José Jerí.