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Sepan los detalles

Congreso: Proponen la implementación de una póliza por invalidez y muerte para los transportistas

El congresista Juan Carlos Mori presentó un proyecto de ley con el objetivo de establecer un Seguro Complementario Obligatorio en favor de los transportistas frente a los peligros a los que están expuestos.
Propone póliza por invalidez y muerte para transportistas. GEC
15-10-2025

El congresista Juan Carlos Mori Celis (Acción Popular) presentó un proyecto de ley con la finalidad de establecer un Seguro Complementario Obligatorio en favor de los transportistas frente a los peligros que están expuestos por la inseguridad ciudadana y otros factores de la propia actividad.

En ese sentido, el Proyecto de Ley N.º 12808/2025-CR, presentado el martes 14 de octubre, a través de la plataforma institucional del Congreso, propone incorporar el numeral 30.9 en el artículo 30 de la Ley N.º 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre.

Proyecto de ley

Detalles del proyecto de ley 

De acuerdo con el texto formulado por el legislador del "partido de la lampa", se autoriza el uso excepcional del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito para cubrir gastos médicos y de rehabilitación que excedan el límite de las 5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), previa evaluación técnica conforme a criterios de alta complejidad médica, vulnerabilidad socioeconómica y ausencia de cobertura alternativa.

Esta figura o cobertura excepcional se denomina "Seguro Complementario para Transportistas de Personas" y será aplicable para todos los vehículos automotores de categoría M, destinados al transporte de personas en el territorio nacional.

En ese sentido, para efectos de esta cobertura, los conductores deberán estar afiliados en una persona jurídica bajo la modalidad de asociación, cooperativa u otra forma organizativa reconocida, la cual deberá contratar una póliza de Seguro Complementario para Transportistas de Personas para que cubra los riesgos de invalidez y muerte durante la actividad del transporte. 

Otras consideraciones

La contratación del Seguro Complementario para Transportistas de Personas se efectuará bajo el principio de libre competencia entre entidades aseguradoras, debiendo considerar los riesgos específicos del sector transporte, entre ellos:

  1. Alta exposición a accidentes de tránsito derivados de la congestión vehicular y deficiencias en la infraestructura vial.
  2. Riesgos laborales y de seguridad personal derivados de condiciones adversas en el entorno de trabajo, exposición a situaciones de vulnerabilidad, y protocolos de protección.
  3. Riesgos psicosociales asociados al estrés crónico, contaminación ambiental y ruido urbano.
  4. Condiciones laborales informales y ausencia de cobertura aseguradora.
  5. Responsabilidad directa sobre la vida e integridad de las personas transportadas.

Sobre el financiamiento del Seguro Complementario para Transportistas de Personas, será con cargo al Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, conforme a lo establecido en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo N.° 024-2002-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito.

Finalmente, el Poder Ejecutivo, en el plazo no mayor de 45 días calendarios contados desde la fecha de su publicación en el diario oficial, dicta las disposiciones reglamentarias y aprueba los instrumentos de gestión para la implementación, supervisión y fiscalización, en el marco del Plan Nacional de Articulación Interinstitucional para la Seguridad Ciudadana en el Sector Transporte.