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Nueva regla para escolares

Minedu restringe el uso de celulares en colegios públicos y privados: conoce cuándo los estudiantes podrán usarlos

El Minedu aprobó el reglamento de la Ley N.° 32385, que establece restricciones para el uso de celulares y dispositivos electrónicos durante las actividades educativas en colegios públicos y privados.
ley que regula uso de celulares en colegios públicos y privados. (Andina)
03-10-2026

Los estudiantes de primaria y secundaria de todo el país tendrán nuevas reglas para el uso de celulares durante las actividades educativas. 

El Ministerio de Educación (Minedu) estableció que estos dispositivos estarán restringidos durante las actividades escolares, tanto dentro de los colegios como en aquellas que formen parte del servicio educativo fuera de sus instalaciones o del horario habitual de clases.

¿Cuándo podrán usar los estudiantes sus celulares?

La disposición está contenida en el Decreto Supremo N.° 018-2026-MINEDU, que aprueba el reglamento de la Ley N.° 32385 y fue publicado en el Diario Oficial El Peruano. La medida alcanza a instituciones públicas y privadas de Educación Básica, además de los programas equivalentes de Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial.

Sin embargo, la norma contempla determinadas excepciones. Una de ellas será cuando el celular sea utilizado como herramienta pedagógica para desarrollar competencias del Currículo Nacional. En estos casos, el uso deberá estar incluido en la programación curricular y contar con la autorización del director o docente responsable.

También se podrá permitir el dispositivo cuando un estudiante presente barreras educativas que dificulten su acceso, permanencia, participación o desarrollo de competencias. Para ello, el director deberá autorizar su utilización por escrito, luego de verificar la necesidad.

Otra excepción corresponde a estudiantes con problemas de salud, condiciones o discapacidad. En estas situaciones, los padres, madres o tutores deberán presentar la documentación médica o certificado de discapacidad que sustente la necesidad del celular.

Además, el uso estará permitido de manera inmediata cuando ocurra una emergencia que ponga en riesgo la vida, integridad, salud o seguridad de los estudiantes u otras personas.

Colegios podrán custodiar celulares, pero no revisar su contenido

Para aplicar la restricción, los colegios podrán establecer las medidas necesarias y, si cuentan con los recursos, habilitar espacios destinados a guardar los dispositivos. Las condiciones y el tiempo máximo de custodia deberán estar incluidos en el reglamento interno de cada institución.

Como regla general, el celular no podrá permanecer bajo custodia más allá de la jornada escolar. No obstante, ante conductas graves o reiteradas, y aplicando criterios de gradualidad, razonabilidad y proporcionalidad, el dispositivo podría ser entregado directamente al padre, madre, tutor o responsable del estudiante.

La institución deberá garantizar la conservación del equipo y evitar que terceros accedan a la información personal almacenada en él.

Un punto relevante es que la supervisión del cumplimiento de la medida no autoriza a los docentes o colegios a revisar el contenido de los celulares. El reglamento establece que el monitoreo debe respetar la dignidad y privacidad de los estudiantes y prohíbe medidas discriminatorias, humillantes u ofensivas.

Asimismo, cada colegio deberá informar mediante un aviso visible que el uso de celulares está restringido durante las actividades educativas, salvo las excepciones contempladas. 

También deberá orientar a estudiantes y familias sobre el uso seguro y responsable de estos dispositivos, incluyendo la prevención del ciberacoso y los riesgos asociados a la sobreexposición a internet.

Si un estudiante incumple la restricción, las medidas correctivas deberán figurar en el reglamento interno y ser proporcionales, formativas y reparadoras. Los padres o tutores tendrán que ser informados sobre las acciones aplicadas.