Gobierno amplía estado de emergencia por 60 días en Pataz para combatir a las organizaciones criminales
El Poder Ejecutivo amplió por 60 días calendario el estado de emergencia en la provincia de Pataz, el centro poblado de Chagualito, distrito de Cochorco, provincia de Sánchez Carrión del departamento de La Libertad, con la finalidad de seguir haciéndole frente al accionar de las organizaciones criminales dedicadas a la minería ilegal y otras amenazas que califican como otras situaciones de violencia.
A través del Decreto Supremo N.º 016-2026-PCM, publicado este viernes 30 de enero, el Gobierno dispone que las Fuerzas Armadas sigan manteniendo el control del orden interno; mientras que, la Policía Nacional del Perú (PNP) continuará brindando su apoyo operacional.
Continúan las restricciones en Pataz
Durante la duración de la medida excepcional, se siguen suspendiendo el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personal.
Tal como ha venido ocurriendo con los anteriores dispositivos promulgados por el Ejecutivo, la inmovilización social obligatoria (toque de queda) continuará aplicándose en el distrito de Pataz desde las 10:00 p. m. hasta las 5:00 a. m., desde el jueves 5 de febrero.
No obstante, el personal que presta servicios de salud, medicinas, agua, saneamiento, vigilancia y seguridad, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios y actividades conexas, quedan exentos de la medida.
También, se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos. Del mismo modo, se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención.
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Intervención de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú
La actuación de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú se rige por las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N.º 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y, en el marco del Decreto Legislativo N.º 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú.
Es importante precisar que, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a través de, Comando Unificado Pataz (CUPAZ), se encarga de las acciones militares conjuntas e integradas, así como articular y coordinar los esfuerzos multisectoriales.
El Gobierno Regional de la Libertad y los gobiernos locales involucrados en la presente declaratoria de estado de emergencia ponen a disposición del CUPAZ la infraestructura, equipamiento y logística disponible, a requerimiento de dicho Comando para el desarrollo de acciones conjuntas e integradas que permitan el logro del objetivo.
Del mismo modo, la implementación de las acciones previstas en el dispositivo se financia con cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Finalmente, el presente decreto supremo es refrendado por el presidente José Jerí, Ernesto Álvarez, titular del Consejo de Ministros, y los titulares de Defensa, Economía y Finanzas, Interior, Justicia y Derechos Humanos, Transportes y Comunicaciones, y Energía y Minas.