Juan José Santiváñez: TC rechaza hábeas corpus del exministro del Interior contra el Ministerio Público
Juan José Santiváñez, exministro durante el gobierno de Dina Boluarte y abogado conocido por haber ejercido funciones de asesoría en la Policía Nacional del Perú, interpuso un habeas corpus contra el Ministerio Público a mediados del 2025. Su objetivo era impedir que se dictaran medidas restrictivas de su libertad en el contexto de las investigaciones que enfrenta.
El recurso alegaba vulneración de derechos fundamentales y solicitaba la intervención del Tribunal Constitucional (TC) para frenar cualquier disposición que pudiera derivar en su detención, temor originado por rumores que señalaban que la entonces fiscal de la Nación, Delia Espinoza, podría solicitar dicho procedimiento.
La decisión del Tribunal Constitucional
El TC evaluó la demanda y resolvió declararla improcedente, ratificando así finalmente las decisiones previas que el Poder Judicial (PJ) ya había tomado en primera y segunda instancia. Según el pronunciamiento, no existían elementos suficientes que acreditaran una amenaza cierta e inminente contra la libertad individual de Santiváñez.
El tribunal subrayó que el habeas corpus es un mecanismo de protección frente a actos concretos de vulneración, no una herramienta preventiva para evitar decisiones futuras de las autoridades competentes.
Argumentos de improcedencia
La resolución, tomada en los primeros días de marzo y dada a conocer ahora, enfatizó que el Ministerio Público, en el marco de sus atribuciones, puede disponer diligencias y solicitar medidas cautelares ante el Poder Judicial.
En ese sentido, el TC recordó que corresponde al juez evaluar cada pedido fiscal y garantizar el respeto al debido proceso. Pretender que el habeas corpus bloquee de manera anticipada esas facultades sería desnaturalizar la figura constitucional.
Santiváñez ha sido mencionado en diversas indagaciones relacionadas con presuntos actos de corrupción y vínculos con organizaciones criminales. Aunque no se ha dictado una medida de prisión preventiva en su contra, el abogado buscaba blindarse ante esa posibilidad.
La improcedencia del recurso ahora deja abierta la vía para que el Ministerio Público continúe con sus investigaciones y, de considerarlo necesario, solicite medidas restrictivas ante el Poder Judicial.
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La decisión del TC marca un precedente sobre los límites de este mecanismo en casos donde no existe una amenaza concreta. El Tribunal reafirma que la acción constitucional no puede ser utilizada como un escudo preventivo frente a eventuales decisiones fiscales o judiciales. Para Santiváñez, la resolución implica que deberá enfrentar el curso regular de las investigaciones sin una protección especial.
La improcedencia del recurso evidencia que la justicia constitucional no ampara intentos de anticiparse a medidas aún no dictadas, consolidando así la separación de funciones entre las instituciones del sistema de justicia.