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¡Consecuencias!

Poder Judicial sanciona al JNE por desobedecer orden de inscripción de Unidad Popular

El Tercer Juzgado Constitucional ordenó sanciones por desobediencia y advirtió de una posible destitución del director del Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones.

JNE sancionado por no incribir Unidad Popular
JNE sancionado por no incribir Unidad Popular Composición Exitosa

29/08/2025 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 29/08/2025

El Tercer Juzgado Constitucional del Poder Judicial, emitió una resolución sancionadora hacia los miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y al director del Registro de Organizaciones Políticas (ROP) por no cumplir con la orden de inscripción del partido Unidad Popular, liderado por el exjuez supremo Duberlí Rodríguez. 

Poder Judicial sanciona al JNE

A través de una resolución emitida el 27 de agosto por el juez John Javier Paredes Salas se informó de la sanción al JNE. La medida se da en respuesta a la acción de amparo presentada por Rodríguez, luego de que el JNE se negara a ejecutar un mandato judicial del 31 de julio que ordenaba reconocer la inscripción provisional del partido para participar de las Elecciones Generales 2026.

El documento dispone imponer una multa de 5 Unidades de Referencia Procesal (URP) a cada uno de los miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones: Roberto Burneo Bermejo, Martha Maisch Molina, Willy Ramírez Chávarry, Rúben Torres Cortez y Aaron Oyarce Yuzzelli. Así como una multa similar al director nacional del ROP, Felipe Paredes San Román. 

La medida se da por no haber cumplido con la inscripción de Unidad Popular, dictado en la Resolución N°1 y por haber hecho caso omisio a cumplir la misma en el plazo de dos días hábiles, según la Resolución N° 2. 

Asimismo, se dispuso remitir copias de los actuados al Ministerio Público para que este actúe conforme a sus atribuciones, respecto a los funcionarios antes mencionados. Se vuelve a ordenar a los miembros del JNE en un nuevo plazo de dos días la orden de la Resolución N°1, de volver a desobedecer se enfrentarían a una nueva multa individual y progresiva de 5URP. 

La misma orden se da para el presidente del ROP, quien de no cumplir podría enfrentar una nueva multa, al igual que los miembros del JNE y el inicio de un proceso diciplinario que podría culminar en su destitución. 

¿Cómo inició el problema?

El problema entre las instituciones inició con la Resolución N°1  que ordenaba al JNE inscribir de manera provisional a Unidad Popular desde la fecha de su solicitud, en 7 de abril. Posterior a ello, se emitió la Resolución N°2 que anuló la decisión del JNE de declarar inejecutable ese mandato. Pero pese a ello, el JNE presentó una apelación a la segunda resolución. 

El juzgado consideró que la primera era inapelable y la apelación no suspendía la ejecución de ninguna de las órdenes, por ello procedió a sancionar al JNE por no inscribir a Unidad Popular.