Política
Definió su futuro

Congreso oficializó la inhabilitación de la exfiscal Delia Espinoza por 10 años para ejercer cargos públicos

El Congreso de la República oficializó la inhabilitación de la exfiscal Delia Espinoza por 10 años para ejercer cargos públicos. La medida fue formalizada mediante una resolución legislativa que publicó el Parlamento.
Delia Espinoza queda inhabilitada por 10 años para ejercer cargos públicos (Foto: Composición Exitosa)
23-06-2026

El Congreso de la República oficializó la inhabilitación de la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza, para el ejercicio de la función pública por 10 años. Ello luego de publicarse la resolución legislativa que fue publicada hoy en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano.

Delia Espinoza queda fuera de la función pública

Esta decisión quedó formalizada mediante la Resolución Legislativa N° 010-2025-2026-CR, documento que formaliza la sanción, que fue aprobada prevaimente por el Pleno parlamentario, por la infracción de los artículos 45, 93 y 139 (incisos 3 y 5) y de la Constitución Política del Perú

Cabe señalar que este dispositivo lleva la firma del actual presidente del Congreso, Fernando Rospiglilosi, y del Segundo Vicepresidente de la Mesa Directiva, Waldemar Cerrón.

En ese sentido, el Poder Legislativo determinó que Espinoza Valenzuela quede apartada de cualquier función en la administración pública por una década. Además, esta medida está sustentada en las conclusiones del informe final de las denuncias constitucionales acumuladas 563 y 618.

De acuerdo a la evaluación del Congreso, la extitular del Ministerio Público vulneró los artículos 45, 93 y 139 de la Constitución debido a que presentó la Denuncia Constitucional 549 contra 11 parlamentarios, a quienes atribuyó el presunto delito de negociación incompatible por participar y votar a favor del Proyecto de Ley 319/2021-CR.

Al respecto, el Parlamento consideró que la actual decana del Colegio de Abogados de Lima incurrió en tres infracciones constitucionales de gravedad. En primera instancia, indicó que existió una vulneración del artículo 45 de la Constitución al hacer uso de las facultades propias de su cargo para cuestionar las decisiones adoptadas en el ejercicio regular de la función legislativa.

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De igual manera, refirió que afectó al artículo 93 de la Carta Magna al atribuir la responsabilidad penal a los legisladores por opiniones, debates y votos emitidos durante el ejercicio de sus funciones.

También el informe concluye que la denuncia que presentó Delia Espinoza infringió los incisos 3 y 5 del artículo 139 de la Constitución. Para el Congreso dicha acusación carecía de una motivación suficiente y que comprometía garantías vinculadas al debido proceso.

La decisión favorable para Delia Espinoza

Es necesario indicar que pese a que esta decición política es severa, el Congreso descartó acusar a Delia Espinoza por abuso de autoridad y prevaricato tipificados en los artículos 376 y 418 del Código Penal.

Asimismo, fue absuelta de la supuesta infracción de los artículos 158 y 159 de la Constitución. En esta resolución publica se especifica que el proceso respetó las garantías correspondientes.

Como vemos, el Congreso de la República hizo oficial la inhabilitación de la actual decana del Colegio de Abogados de Lima, Delia Espinoza, por 10 años para el ejercicio de al función pública.