Iván Arenas: "Hay un acercamiento entre grupos mineros informales e ilegales con el Congreso"
Frente a la reciente extensión del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) hasta el 31 de diciembre del 2026, el experto en temas de minería, Iván Arenas, sostuvo que esta medida obedece a la "relación" existente de un sector de mineros ilegales y el Parlamento.
En entrevista con Exitosa, el especialista aseveró que la informalidad en este rubro está usando a la minería artesanal como camuflaje para seguir operando impunemente en diferentes partes del país, captando incluso a personajes políticos para lograr con sus cometidos ilícitos.
Relación sería más que evidente
Para Arenas, que el REINFO haya sido ampliado un año más, pese a su ineficiente labor para llevar a cabo la formalización minera desde su entrada en vigor en el año 2016, demuestra la existencia de un claro "acercamiento" entre ambas partes.
En ese sentido, puso como ejemplo a los congresistas Ilich López, Roberto Sánchez, Guido Bellido, Paul Gutiérrez y Víctor Cutipa, quienes en su discurso aseveran que existe una "criminalización hacia la minería informal y artesanal", cuando en la práctica no sucede ello.
"Para ellos, todos son artesanales. El tema de 'artesanales' es un eufemismo. Lo que hay que atender es que, en Pataz mismo abrir un socavón, el metro cuadrado de una labor minera vale aproximadamente S/ 4 000 y para llegar a estas necesitas 2 a 3 km. (...) se necesita un montón de dinero, eso no es necesariamente ser minero artesanal, existe cierto financiamiento de algunos mineros que son informales que actúan con mucho dinero en la zona", denunció.
En esa línea, no dudó en aseverar que el REINFO de los mineros artesanales es la principal herramienta de la ilegalidad en el sector para ocultar la extracción ilegal. Agregó, que de los más de 31 000 de estos dispositivos actualmente activos, efectivamente una parte son usados por la minería ilegal.
Además, precisó que cada ampliación es una puerta abierta para las actividades ilícitas y sin visión a que el Congreso tenga la voluntad de impulsar la Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) por justamente la relación que existe entre ambos lados.
¿Qué dice la extensión del REINFO aprobada por el Congreso?
A través de la promulgación de la Ley N.º 32537, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el pasado 26 de diciembre, el REINFO tendrá vigencia hasta el último día del 2026 o hasta que promulgue la Ley Mape con su respectivo reglamento.
Del mismo modo, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), en coordinación con los Gobiernos regionales y demás instituciones competentes, implementará y adoptará las "acciones normativas, administrativas y operativas orientadas a la simplificación de los procedimientos, el acompañamiento técnico a los operadores mineros y el fortalecimiento de las capacidades institucionales.
Además, dispone la realización de un Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, tarea que coordinarán el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el MINEM y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet).
La ley también obliga a los titulares inscritos a sincerar su ubicación georreferenciada en un plazo máximo de 120 días calendario, desde su entrada en vigor, con el objetivo de verificar la ubicación exacta del yacimiento, del área de operación y de las actividades desarrolladas.
Asimismo, ordena la transferencia del acervo documentario desde los Gobiernos regionales hacia el MINEM vinculado al proceso de formalización minera integral, incluyendo expedientes físicos y digitales, bases de datos, informes técnicos, resoluciones, comunicaciones y cualquier otro documento relacionado, todo en un plazo máximo de 60 días calendario.
En el mismo plazo, la Sunafil se encargará de establecer las disposiciones reglamentarias para verificar que los titulares inscritos en el REINFO cumplan con la incorporación de sus trabajadores en planilla, conforme a la normativa laboral vigente.
Cabe señalar, que también ha sido modificado el artículo 11 del Decreto Legislativo 1107, Decreto Legislativo que establece medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser utilizados en la minería ilegal así como del producto minero obtenido en dicha actividad, estableciendo que los adquirentes de productos mineros deberán de verificar el origen de estos.
De esta manera, el especialista revela que la extensión del REINFO por un año más es producto de la relación de los mineros informales y el Congreso, una combinación que si duda genera impunidad a todos los delitos que trae consigo.