Renzo Reggiardo podría estar sujeto a un pedido de vacancia por demanda competencial, según experto
El experto en temas municipales, Martín D'Azevedo, advirtió que el alcalde de Lima, Renzo Reggiardo, podría estar sujeto a un pedido de vacancia, tras presentar una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional (TC) en contra del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por declarar inviable las elecciones complementarias en Lima Metropolitana.
Como se recuerda, el último lunes 4 de mayo, el burgomaestre formuló oficialmente su acción competencial por menoscabo a las atribuciones constitucionales, acusando que la presunta "inacción" del órgano electoral afecta directamente las competencias de la Municipalidad de Lima, especialmente en ámbitos como "la tranquilidad, la paz social y el orden en el Centro Histórico".
Uso de recursos públicos para el pago de abogados sería una detonante
En entrevista brindada este miércoles 5 de mayo al programa "Exitosa Perú", el letrado cuestionó que el alcalde de Lima haya tomado partido para recurrir al TC por iniciativa propia, sin consulta previa o exigencia de la ciudadanía frente a una presunta vulneración de derechos constitucionales.
En esa misma línea, señaló, que de comprobarse que la MML financió el pago de los honorarios de los abogados Hans Caiazza Requena y Gerardo Eto Cruz, Reggiarzo podría asumir un proceso de destitución, debido a que el uso de recursos públicos para este fin sí tipificaría como causal de vacancia, según el artículo 63 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
"Yo veo que al tomar, si eso se concreta, de las arcas de la municipalidad, solventar los honorarios profesionales de los abogados que hay, que van a una invocación política en materia electoral, que supuestamente el TC ha de resolver a favor de ellos, yo francamente ahí por lo menos una irregularidad", sostuvo.
Bajo esta premisa, indicó que el citado artículo prohíbe a los alcaldes, regidores, servidores y funcionarios, "contratar directa o indirectamente por parte y en nombre y en representación de la municipalidad, un tercero para poder beneficiarse o cubrir económicamente", gastos que no corresponden a las funciones que tiene la administración edil.
(Noticia en desarrollo...)