Congreso: Influencers deberán inscribirse en registro para contratar con el Estado
La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República aprobó el dictamen recaído en el proyecto 7868/2023-CR, que propone la "Ley para la contratación de servicios de publicidad digital por parte del Estado".
Influencers en registro para trabajar en el Estado
Luego de la exposición y debate, en la Décimo Quinta Sesión Ordinaria del día de ayer, 4 de junio, los parlamentarios acordaron con 12 votos a favor, siete abstenciones y ninguna oposición, aprobar el dictamen del proyecto que tiene por objeto la creación del registro de medios digitales, páginas web, redes sociales, líderes de opinión, personas influyentes de las redes sociales (influencers), y streamers, que contraten con entidades del Estado.
"El objeto de este dictamen es regular la contratación de los servicios de publicidad digital por parte de entidades del sector público. Se busca transparentar, la equidad, la rendición de cuentas y la eficiencia en el uso de recursos públicos. Asimismo, crea el Registro de Medios Digitales y Creadores de Contenido Digital, como instrumento obligatorio para acceder a dicho proceso de contratación", se lee en el proyecto de ley 7868.
Con este dictamen, las autoridades también buscarían atender una brecha de regulación importante. Además, detallan que el proyecto de ley cuenta con un apartado de definición para los sujetos que podrán contratar mediante los procesos de publicidad digital.
Respecto a la definición de influencers o líder de opinión son personas que "cuenta con cierta credibilidad sobre un tema determinado y que, dada su capacidad de convencimiento o llegada a sus seguidores en redes sociales, sin tener en consideración necesariamente el número de estos, puede convertirse en un componente determinante en las decisiones que los consumidores realizan en el mercado".
Dictamen también aplica para streamers
Respecto a streamer, el dictamen los define como aquella persona que se dedica a transmitir contenido en tiempo real a través de plataformas de streaming como Twitch, YouTube Live, Facebook Gaming o Kick. Este contenido puede variar desde videojuegos, hasta charlas en vivo, tutoriales, música o eventos especiales".
Aquellos influencers, creadores de contenidos y streamer que deseen laborar en entidades del Estado deberán contar con los siguientes requisitos:
- Estar inscritos en el Registro de Medios Digitales y Creadores de Contenido Digital.
- Contar con RUC vigente.
- Estar inscritos en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE).
- Domicilio legal en Perú.
- Contar con inscripción vigente en la SUNARP, en caso de personas jurídicas.
- Contar con un sistema de medición de impactos cuantitativos.
- Tener un plan de comunicación estratégico acorde a la entidad que postula (municipalidades, gobiernos regionales, ministerios, etc.).
Registro obligatorio para influencers
Desde la entrada en vigencia de la ley, se establece que el Ejecutivo tendrá 90 días para reglamentarlo, asegurando que la contratación de servicios de publicidad digital por parte del Estado se rige por los principios de especialidad, responsabilidad, proporcionalidad, transparencia e igualdad de condiciones.
Para finalizar, los parlamentarios detallan que la implementación, administración y actualización del Registro está a cargo de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros.
De esta manera, la Comisión de Economía del Congreso aprobó el dictamen recaído en el proyecto 7868/2023-CR, enfocada en medios de comunicación en plataformas digitales, influencers, creadores de contenido, entre otros similares.