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No definen

ERM 2026: JNE aún no define entrega de credenciales a candidatos a alcaldías inscritos como primeros regidores

El vocero del JNE, Jorge Valdivia, señaló que la decisión dependerá de cada expediente presentado y detalló las acciones de la ONPE frente a la pérdida o destrucción de actas electorales.
El JNE tendrá que pronunciarse formalmente una vez que se presenten los cada cas (Composición: Exitosa)
09-10-2026

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que 25 de las 94 actas observadas en la elección municipal provincial de Lima Centro pasarán a recuento de votos. Asimismo, la institución precisó que la totalidad de estas actas ya fueron resueltas por el Jurado Electoral Especial correspondiente y se encuentran actualmente en período de apelación dentro del marco del proceso electoral.

Pronunciamiento pendiente sobre la entrega de credenciales a candidatos a alcaldías

Durante una conferencia de prensa, el vocero del gabinete de asesores del JNE, Jorge Valdivia, fue consultado sobre la situación de los postulantes que aspiraron a alcaldías bajo la figura de primer regidor. La interrogante surgió en relación con casos específicos presentados en Lima Metropolitana, como la lista de Renovación Popular.

Sobre esta materia, el especialista indicó que el pleno del máximo organismo electoral deberá pronunciarse formalmente una vez que se presente cada caso concreto. Debido a ello, el representante legal evitó adelantar criterio o formular una decisión definitiva sobre la eventual entrega de credenciales a dichos postulantes.

El vocero señaló que este escenario jurídico podría abordarse durante la etapa final de proclamación de resultados o en el momento en que las autoridades electas deban formalizar quién asumirá el sillón municipal. Además, remarcó que las salidas legales dependerán de las circunstancias particulares de cada expediente y de la evaluación que efectúe el pleno.

Procedimiento operativo ante actas perdidas o destruidas en el proceso electoral

En otro momento de su intervención, la entidad electoral detalló las acciones contempladas en el reglamento cuando un acta electoral se encuentra perdida o destruida. En estos escenarios se activa un protocolo que prioriza la búsqueda de los ejemplares disponibles en los órganos descentralizados.

De ser necesario, el procedimiento contempla el recuento directo de votos a partir de las cédulas de sufragio que conserva bajo custodia la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Si tampoco se hallan dichas cédulas, la ONPE queda facultada para solicitar a los partidos políticos las copias entregadas a sus respectivos personeros de mesa.

Cuando existen dos copias de personeros con contenido idéntico, la jurisprudencia del JNE permite validarlas formalmente para el cómputo final. Finalmente, el organismo aclaró que las solicitudes de nulidad electoral se evalúan estrictamente sobre la base de los medios probatorios e informes de fiscalización presentados.

En ese sentido, el JNE continuará resolviendo las apelaciones e impugnaciones pendientes en los plazos fijados por la ley, con el objetivo de garantizar la transparencia de los resultados y proceder con la oportuna acreditación de las autoridades municipales electas.