ERM 2026: JNE fija el 28 de octubre como fecha límite para el recuento de votos
El miércoles 28 de octubre es la fecha límite para realizar las audiencias públicas de recuento de votos de las Elecciones Regionales y Municipales 2026. Esta disposición busca facilitar la realización de la segunda vuelta electoral en las regiones donde los candidatos no alcanzaron más del 30% de los votos válidos.
Estado de las actas y causales legales para el recuento de votos
En el caso de la elección de gobernador regional, al miércoles 14 a las 11:00 horas se registraban 114 actas pendientes de programación de audiencia (66.67%). Asimismo, 49 actas tenían audiencia pública programada (28.65%)y ocho actas ya habían pasado por el proceso de recuento.
Este procedimiento procede cuando las actas no tienen firmas de los miembros de mesa o presentan datos incompletos o ilegibles. De igual manera, se aplica cuando los votos son mayores que el número total de votantes o electores hábiles, o ante el extravío o siniestro de los ejemplares.
Una vez concluido el conteo de las cédulas de sufragio, se elabora el acta oficial con los resultados finales obtenidos. La normativa establece expresamente que no está permitido que los personeros de las organizaciones políticas impugnen los votos ni los resultados del recuento.
Segunda vuelta regional y conformación de mesas de sufragio
El JNE fijó el 6 de diciembre de 2026 como la fecha para llevar adelante la Segunda Elección Regional (SER) 2026. Esta jornada se realizará en las circunscripciones donde ninguna fórmula participante en los comicios del 4 de octubre alcanzó por lo menos el 30 % de los votos válidos. El proceso permitirá elegir a las autoridades regionales definitivas en las jurisdicciones pendientes.
Para esta segunda vuelta regional, los miembros de mesa titulares y suplentes serán los mismos que fueron seleccionados por sorteo para la primera vuelta. El personal designado asumirá la conducción de las mesas en la fecha programada para garantizar la continuidad del proceso. El mantenimiento del grupo seleccionado busca asegurar el desarrollo fluido de las votaciones en cada mesa electoral.
En caso de que los miembros designados titulares o suplentes no asistan a la apertura de la mesa, se aplicará el contingente de reserva. El personal de la ONPE asumirá el procedimiento de conformación de la mesa con los electores que se encuentren en la fila. Con este mecanismo se asegura la instalación oportuna de la mesa para la recepción de los sufragios.