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Nuevas reglas previsionales

Pensión mínima de S/600: estos son los requisitos para que los jubilados ONP puedan acceder

La pensión mínima de S/600 tiene nuevas reglas para los afiliados de las AFP, quienes deberán cumplir condiciones de aportes y esperar la adecuación de las entidades.
Nuevo reglamento previsional fue publicado en septiembre. (Difusión)
22-09-2026

La pensión mínima de S/600 ya tiene un procedimiento definido para afiliados de las AFP. La ONP y la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú (SBS) publicaron un reglamento que establece cómo accederán al beneficio, mientras los afiliados de la ONP mantienen su trámite ante esa institución al cumplir la edad de jubilación.

AFP deberán cumplir requisitos para pensión mínima

Según la SBS, el nuevo reglamento fue aprobado mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000087-2026-PE-ONP y forma parte del Pilar Semicontributivo. La norma establece el procedimiento para que afiliados del Sistema Privado de Pensiones accedan a una pensión mínima o proporcional, conforme a la Ley 32123.

Para acceder a la pensión mínima de S/600, los afiliados de las AFP deben acreditar 240 Unidades de Aporte, equivalentes a 20 años de aportes. También deben cumplir las condiciones previstas por la normativa y mantener los fondos necesarios para recibir el beneficio durante su jubilación.

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La medida contempla pensiones proporcionales para quienes no alcancen las 240 Unidades de Aporte. Quienes tengan entre 10 y menos de 15 años pueden acceder a S/300, mientras quienes acrediten entre 15 y menos de 20 años recibirían S/400, según las condiciones establecidas.

El procedimiento no estará disponible de inmediato para los afiliados de las AFP. La SBS informó que las Entidades Administradoras de Fondos y la ONP cuentan con un plazo de hasta 100 días hábiles para adecuar sus procesos antes de recibir solicitudes previsionales.

ONP mantiene trámite directo para jubilados

El reglamento corresponde al Pilar Semicontributivo del Sistema Integral Previsional Peruano, mecanismo que contempla participación pública para complementar determinadas prestaciones. La medida alcanza a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones que cumplan las condiciones establecidas para acceder a los beneficios previstos por la reforma vigente.

La situación es distinta para quienes pertenecen al SNP. Los afiliados de la ONP no deben esperar el plazo de adecuación de 100 días hábiles para solicitar su pensión mínima o proporcional, pues pueden continuar realizando el trámite ante la institución al cumplir la edad de jubilación.

La pensión mínima de jubilación e invalidez del SNP quedó establecida en S/600 mediante la Ley N.° 32123. La misma norma fijó pensiones proporcionales de S/300 para quienes acrediten entre 10 y menos de 15 años, y S/400 para quienes tengan entre 15 y menos de 20.

La diferencia central está en el procedimiento: los afiliados de las AFP deben esperar la implementación del reglamento operativo y presentar su solicitud ante su administradora cuando corresponda; los afiliados de la ONP pueden continuar solicitando directamente sus prestaciones, según las condiciones aplicables a su régimen previsional.