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¿Sabías que las bicimotos y motocicletas deben contar con SOAT y placa?

MTC exhorta a la ciudadanía a no dejarse sorprender por quienes ofrecen este tipo de vehículos señalando información inexacta sobre su uso y circulación.

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05/06/2019 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

Los ciudadanos no deben dejarse sorprender por quienes ofrecen bicimotos y motocicletas eléctricas asegurando que, para circular por el territorio nacional, no se requiere el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) ni placa única de rodaje.

En ese sentido, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), como ente rector del transporte en el país, precisa que las bicimotos y motocicletas (citycoco), como cualquier vehículo motorizado, deben cumplir lo establecido en el Código de Tránsito.

Este tipo de vehículos se encuentran clasificados en el Reglamento Nacional de Vehículos en la Categoría L1 (velocidad máxima de 50 km) y L3 (velocidad mayor a los 50 km), por lo que deben ser inmatriculados o registrados en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, además de contar con la placa única de rodaje.

Asimismo, es necesario que cuenten con el SOAT que, ante la eventual ocurrencia de un accidente de tránsito, brinda cobertura inmediata e incondicional a las víctimas. Conducir sin SOAT constituye una infracción muy grave y la multa (M28) alcanza los S/ 504.

Los choferes de estos vehículos deben tener su licencia de conducir en la Clase B, cuyo trámite se realiza en las municipalidades provinciales.

Vías autorizadas

Las bicimotos y motocicletas circulan por las vías públicas terrestres, y no por las ciclovías ni veredas. Las multas de tránsito se pueden conocer en el siguiente enlace: