Actualidad
Medida optada por la SBS

Usuarios podrán acceder a tarjetas de crédito sin pago de seguro de desgravamen: ¿Desde cuándo?

Por una medida optada por la SBS, los bancos estarán obligados a ofrecer productos financieros sin este cobro adicional, que puede alcanzar hasta S/20 mensuales.
Usuarios podrán adquirir tarjetas de crédito sin seguro de desgravamen (Difusión)
05-09-2025

A partir del 9 de septiembre de 2025, entrará en vigencia la Resolución SBS N° 00890-2025, que transforma la forma en que se cobra el seguro de desgravamen en el sistema financiero. 

La norma establece que dicho seguro seguirá siendo obligatorio únicamente en los créditos hipotecarios, mientras que en el resto de productos financieros, como las tarjetas de crédito o préstamos de consumo, pasará a ser opcional.

Hasta ahora, los bancos cargaban de manera automática este seguro a las tarjetas de crédito, lo que representaba un pago adicional que podía llegar a S/20 mensuales según el nivel de deuda del cliente. 

Con la nueva disposición, los usuarios podrán decidir si desean mantenerlo o optar por una tarjeta sin este cobro, lo que supone un alivio económico para quienes buscan reducir gastos fijos en su vida financiera.

¿Qué significa no tener seguro de desgravamen?

El seguro de desgravamen fue diseñado para que, en caso de fallecimiento del titular de una deuda, la entidad financiera reciba el pago correspondiente de parte de la aseguradora, evitando que la obligación recaiga en la familia. 

Esto tiene mucho sentido en los créditos de largo plazo, como las hipotecas, pero en las tarjetas de crédito generaba un costo recurrente que muchos usuarios desconocían.

De acuerdo con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), el objetivo de esta medida es dar mayor flexibilidad al consumidor y permitir decisiones más informadas sobre su endeudamiento. 

En la práctica, significa que quienes opten por no contratar este seguro asumirán el riesgo de que, en caso de fallecimiento, el banco intente recuperar la deuda a través del patrimonio del deudor.

El especialista en finanzas Jorge Carrillo Acosta explica que, en ausencia de un seguro de desgravamen, las entidades financieras podrían cobrar la deuda de tres formas:

Si el deudor estaba casado bajo sociedad de gananciales, el cónyuge podría responder por la deuda.

Si existiera una herencia, el banco podrá ejecutar el cobro hasta el valor de la masa hereditaria, sin excederla.

Si no hay cónyuge ni herencia, la deuda muere con el deudor, ya que no se puede tocar el patrimonio personal de los familiares.

Más opciones para los clientes

La nueva regulación también establece que los bancos deberán ofrecer tarjetas de crédito sin cobro de membresía, promoviendo una mayor competitividad en el mercado y brindando a los consumidores la posibilidad de elegir productos más transparentes y ajustados a sus necesidades.

Con ello, se espera que los clientes tengan más herramientas para planificar su economía personal, evitando pagos innecesarios que, en muchos casos, se sumaban a sus deudas sin un entendimiento claro de su propósito.

La SBS subraya que esta disposición empodera a los usuarios financieros y busca consolidar un sistema donde el derecho a elegir sea el eje central, es decir, si optan por adquirir un seguro de desgravamen, o no.