Caso Utopía: TC deja sin efecto órdenes de captura contra el exdueño, Alan Azizollahoff, por prescripción de condena
El incendio en la discoteca Utopía, ocurrido el 20 de julio de 2002 y que dejó 29 jóvenes fallecidos, marcó uno de los episodios más dolorosos de la memoria reciente del país. Tras años de procesos, el exdueño del local, Alan Azizollahoff, fue condenado en 2014 a cuatro años de prisión efectiva por homicidio culposo por omisión impropia.
Sin embargo, más de dos décadas después, el Tribunal Constitucional (TC) declaró prescrita la ejecución de esa condena y anuló las órdenes de captura nacionales e internacionales que aún pesaban sobre él.
Pena contra exdueño había caducado en 2021
La sentencia contra Azizollahoff fue confirmada en mayo de 2015, quedando firme. Desde entonces, se emitieron órdenes de captura y en 2020 incluso se aprobó un pedido de extradición activa a Sudáfrica para que cumpliera la condena.
La defensa alegó que el plazo de prescripción de la pena —seis años según el artículo 111 del Código Penal vigente en 2002— ya había vencido en 2021, por lo que la ejecución era jurídicamente imposible. Para el 2023 y 2024, los juzgados y salas superiores rechazaron la solicitud de prescripción, argumentando que correspondía aplicar un plazo extraordinario de nueve años y que el trámite de extradición suspendía el cómputo.
Sin embargo, ese mismo año, la defensa interpuso un hábeas corpus al TC, denunciando vulneración de derechos fundamentales y el uso indebido de reglas de la acción penal para un caso de ejecución de pena.
¿Cuáles fueron los argumentos del Pleno?
De acuerdo a la resolución, el Pleno del Tribunal Constitucional, con mayoría de votos, sostuvo que la prescripción de la acción penal y de la pena son instituciones distintas entre sí y que no es válido aplicar por analogía plazos extraordinarios ni suspensiones previstas para la acción penal.
El fallo enfatizó que el plazo de seis años comenzó a correr desde mayo de 2015, cuando la sentencia quedó firme, y nunca fue interrumpido porque Azizollahoff no fue detenido ni inició ejecución de la condena. En consecuencia, al momento de la demanda ya había transcurrido el plazo máximo, lo que obligaba a declarar la prescripción.
En ese sentido, la sentencia del TC anuló las resoluciones de octubre de 2023 y abril de 2024 que habían declarado improcedente la prescripción, y ordenó restituir la libertad de tránsito del empresario, dejando sin efecto todas las órdenes de captura nacionales e internacionales. Con ello, se cierran los procesos de extradición y se extingue la potestad punitiva del Estado en este caso.
Pese a todo, uno de los que difieren en la votación es el magistrado Monteagudo Valdez, quien defendió que la suspensión del plazo sí podía aplicarse en casos de extradición, advirtiendo que limitarla podría derivar en impunidad.
El fallo marca así un desenlace jurídico definitivo para Azizollahoff en el caso Utopía. Aunque para el TC, la resolución es la reafirmación de que el tiempo extingue la potestad punitiva del Estado, para los familiares de las víctimas, sin embargo, será un recordatorio doloroso de una condena que nunca se ejecutó.