Judiciales
Por casos Barrios Altos y La Cantuta

Corte IDH resuelve que autoridades peruanas "se abstengan de aplicar" la ley de amnistía

El Tribunal de la Corte IDH resuelve que autoridades peruanas deben abstenerse a adoptar la ley de amnistía promulgada por el gobierno de Dina Boluarte.
Corte-IDH ratifica que autoridades se abstengan de aplicar Ley de Amnistía (Fuente: Composición Exitosa)
05-09-2025

La reciente resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), emitida este 3 de setiembre de 2025, ratifica que autoridades deben de abstenerse de aplicar la ley de amnistía por los casos de Barrios Altos y La Cantuta contra el Perú.

Última resolución de la Corte IDH sobre aplicación de Ley de Amnistía

En la última resolución emitida este 3 de setiembre, el Tribunal pide ratificar en todos sus términos la resolución de adopción de medidas urgentes adoptada por la Presidenta de la Corte el 24 de julio de 2025. Es decir, que se siga cumpliendo con la última resolución emitida por la la principal autoridad de esta institución donde se ordenó al Estado peruano suspender la tramitación de la nueva Ley N° 32419, ley de amnistía.

Haciendo caso omiso a la decisión de la Corte, la presidenta de la República Dina Boluarte promulgó la controversial "Ley que concede amnistía a miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y funcionarios del Estado que se encuentran sin sentencia firme por hechos vinculados con la lucha contra el terrorismo en el período 1980-2000", el pasado martes 13 de agosto de 2025. 

"Ratificar en todos sus términos la Resolución de adopción de medidas urgentes adoptada por la Presidenta de la Corte el 24 de julio de 2025; particularmente, en los relatico a que las autoridades competentes se abstengan de aplicar la Ley N° 32419", se lee en el primer punto de la resolución.

Resolución Tribunal de Corte IDH - 3 setiembre 2025

La postura emitida a fines de julio por la institución judicial se dio a fin de que "no surta efectos jurídicos hasta que el Tribunal se pronuncie sobre el fondo de la solicitud de ampliación de las medidas provisionales" que resolvería posteriormente. 

Estas medidas provisionales de la Corte-IDH son tomadas como órdenes de protección urgentes, pero de carácter provisional, ante una posible decisión judicial que dañe irreparablemente los derechos de involucrados. En la coyuntura peruana, por los casos de Barios Altos y La Cantuta.

Corte IDH pide a autoridades a abstenerse a dar aplicación de la ley de amnistía

Ahora, en esta última resolución emitida de setiembre, dispone que la orden de "no innovar (...) compete al Estado en su conjunto, sus diferentes órganos y operadores de justicia, en especial a la rama judicial" ante miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y comités de autodefensa que presenten solicitudes de aplicación de la Ley N° 32419

"deben de abstenerse de dar lugar a su aplicación hasta que la Corte se pronuncie en una Resolución posterior", señala el documento. 

Además, el Tribunal indica que aún continúan vigentes las medidas provisionales del 1 de julio de 2024 donde se resolvió que el Estado Peruano deje sin efecto y no se otorgue vigencia a la ley que dispone la prescripción de los crímenes de lesa humanidad, ley aprobada por el congreso peruano donde procesados podían solicitar el archivo por prescripción.