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Justicia en marcha

Justicia por El Frontón: Poder Judicial rechaza aplicar la Ley 32107 y ordena juicio

La Sala Penal decidió de forma unánime que el proceso por la matanza en el penal San Juan Bautista continúe. Se declaró infundada la prescripción solicitada por la defensa de los acusados.
El Caso Frontón no será archivado. (Composición Exitosa)
27-03-2026

La Corte Superior Nacional emitió una resolución clave este 27 de marzo sobre el Caso El Frontón. El tribunal decidió que la Ley 32107 es inaplicable para este proceso judicial tan emblemático.

Los magistrados determinaron que el juicio contra Juan Alberto Agreda Huamán y otros implicados debe seguir su curso. Esta medida garantiza que el sistema de justicia peruano cumpla con sus obligaciones internacionales en derechos humanos.

El pedido de prescripción de la acción penal presentado por los abogados de los procesados fue rechazado. La sala consideró que no se pueden archivar los delitos contra la vida cometidos en dicho centro penitenciario.

Esta decisión judicial busca asegurar que las víctimas del penal San Juan Bautista obtengan una sentencia de fondo. El tribunal reafirmó su compromiso con la imparcialidad e independencia del sistema de justicia en el Perú.

El peso de la normativa internacional

La resolución judicial enfatiza que el Estado tiene el deber ineludible de investigar y sancionar graves violaciones. El tribunal sostuvo que aplicar beneficios automáticos "vulnera las competencias que la propia Constitución brinda a los órganos jurisdiccionales" para la protección de los derechos fundamentales de todas las personas.

La Sala explicó que, bajo los principios de las Naciones Unidas, las sanciones contra operadores de justicia por aplicar criterios independientes están prohibidas. Por ello, el Estado debe "remover cualquier obstáculo que mantenga la impunidad" o debilite la transparencia del sistema. La inaplicabilidad de la norma interna asegura que los tratados internacionales prevalezcan en casos de gran relevancia social.

Antecedentes y el futuro del proceso

Respecto a los hechos ocurridos en 1986, el documento menciona que la Corte IDH identificó una clara "desproporción bélica" en el accionar de las fuerzas militares. Aunque en el pasado hubo trabas jurídicas, la justicia actual reconoce que existieron circunstancias que "impidieron u obstaculizaron la investigación y juzgamiento" de los responsables en el fuero común.

Al declarar infundado el recurso de la defensa, se ratifica que el Pleno de Sentencia N.º 190/2025 es un precedente válido para este caso. El proceso judicial entrará ahora en una etapa decisiva para determinar las responsabilidades penales de los investigados. La resolución final permitirá que el juicio oral avance sin las interrupciones que planteaba la nueva normativa legal.

El cumplimiento de este fallo por unanimidad marca un hito en la lucha contra la impunidad en delitos de lesa humanidad. La continuidad de la causa bajo el amparo de la Constitución Política fortalece la confianza ciudadana en las instituciones judiciales. Con la Ley 32107, el Caso El Frontón se encamina finalmente hacia una resolución justa y necesaria para los agraviados.