Judiciales
Ordenan reincorporación

Víctor Rodríguez Monteza: Tribunal Constitucional dispone su regreso como fiscal supremo

El TC declaró nula la resolución de la JNJ que lo destituyó en 2021 por presuntos vínculos con los 'Cuellos Blancos', al considerar que el plazo del proceso disciplinario ya había caducado.
Magistrado fue señalado de alertar a 'Los Cuellos Blancos' interceptaciones de l (Composición Exitosa)
09-06-2026

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó la reincorporación de Víctor Rodríguez Monteza como fiscal supremo titular, tras declarar nula la resolución de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que lo destituyó en noviembre de 2021.

El fallo se sustenta en que la sanción fue impuesta cuando el plazo del procedimiento disciplinario ya había vencido, vulnerando así el derecho a la debida motivación de las resoluciones administrativas.

Presunto vínculo con los 'Cuellos Blancos'

Rodríguez Monteza fue sancionado por supuestamente haber alertado a integrantes de la red Los Cuellos Blancos del Puerto de que sus comunicaciones telefónicas estaban siendo interceptadas judicialmente en tiempo real.

La investigación preliminar se inició el 23 de junio de 2020 y debía concluir en un plazo máximo de nueve meses, prorrogable por tres más. Sin embargo, la destitución se aprobó el 24 de noviembre de 2021 y se notificó el 25, es decir, después de que el plazo legal había caducado.

TC: JNJ lo destituyó fuera del plazo

El núcleo de la controversia estuvo en la fecha de inicio del cómputo del plazo. La JNJ consideró que debía contarse desde el 25 de noviembre de 2020, cuando se notificó en la casilla electrónica. Rodríguez, en cambio, sostuvo que el plazo debía iniciar el 23 de noviembre de 2020, día en que recibió la notificación personal y por correo electrónico.

El TC recordó que la Ley del Procedimiento Administrativo General establece un orden de prelación (prioridad) en las notificaciones, siendo la personal la modalidad preferente.

Por ello, concluyó que la fecha válida era la del 23 de noviembre, lo que implicaba que el plazo ordinario vencía el 23 de agosto de 2021 y el extraordinario el 23 de noviembre de ese mismo año; es decir, un día antes a lo aprobado y notificado finalmente por la JNJ.

Fundamentos del fallo

El Tribunal Constitucional señaló que la resolución de la JNJ no brindó razones suficientes para descartar la validez de la notificación personal del 23 de noviembre. Al hacerlo, vulneró el derecho a la debida motivación y aplicó una interpretación que extendía indebidamente el plazo del procedimiento disciplinario.

Víctor Rodríguez Monteza

Implicancias políticas y judiciales

Entre 2021 y 2025, Rodríguez Monteza presentó varias demandas de amparo que fueron rechazadas en instancias judiciales, lo que lo llevó a recurrir al TC, que finalmente le dio la razón. Su reincorporación como fiscal supremo reabre el debate sobre las decisiones de la JNJ y la necesidad de garantizar procesos disciplinarios con plazos claros y respetados.

El fallo del TC marca un precedente en la interpretación de los plazos de caducidad en procedimientos disciplinarios y refuerza la primacía de la notificación personal como inicio válido.