Acción de amparo contra resolución de ONPE no la hizo JP: "Fue a título personal", señala Walter Ayala
En entrevista con Exitosa, el abogado Walter Ayala explicó que la acción de amparo presentada contra la Resolución Jefatural N.º 90-2026-JN/ONPE fue realizada "a título personal" y no en representación de Juntos por el Perú.
Según dijo, su motivación fue la de un ciudadano que busca garantizar la transparencia del proceso electoral. "Lo he hecho a título personal, como un ciudadano peruano que tiene derecho a que las elecciones se lleven con transparencia", enfatizó.
Los cuestionamientos planteados
Ayala sostiene que la resolución emitida por la ONPE seis días antes de la segunda vuelta cambió las reglas del juego. Entre los puntos que considera irregulares están:
- El traslado físico de actas y cédulas en valija diplomática, en lugar de la digitalización inmediata aplicada en la primera vuelta mediante la Resolución Jefatural N.º RJ-21-2026-JN.
- La posibilidad de fusionar mesas en el extranjero cuando no se instalan por falta de miembros, bajo responsabilidad de los cónsules.
- La facultad de los funcionarios consulares para designar miembros de mesa en caso de ausencia.
Para Ayala, estas disposiciones vulneran el principio de intangibilidad normativa y afectan la cadena de custodia del voto extranjero, dejando abierta incluso la posibilidad de un fraude.
"Roberto Sánchez ganó en el Perú, pero lamentablemente en el extranjero se emitieron normas fraudulentas", afirmó.
La respuesta institucional
La ONPE y la Cancillería han respondido que los lineamientos aprobados no modifican la Ley Orgánica de Elecciones, sino que son disposiciones operativas que se emiten en cada proceso para organizar el voto en el exterior.
Desde la ONPE, se aclaró que la digitalización nunca fue parte de la ley, sino un aplicativo usado en la primera vuelta por razones logísticas, y que a solicitud de la Cancillería se volvió al traslado convencional en la segunda.
Cancillería, por su parte, aseguró que se cumplió una cadena de custodia rigurosa en las 119 oficinas consulares, con valijas diplomáticas lacradas y coordinación con aerolíneas para el transporte seguro, descartando cualquier irregularidad en el proceso.
Contradicción política
El reclamo de Ayala y JP genera una paradoja: cuestionan el traslado físico de actas, pero al mismo tiempo exigen un reconteo total de votos, lo cual solo es posible gracias a que las actas y cédulas llegaron físicamente al Perú.
Además, se recuerda que Roberto Sánchez votó en contra de la modificatoria de la Ley Orgánica que, justamente, introdujo esta medida del reconteo de votos, posible gracias al traslado como parte de la cadena de custodia. Sumado a ello, cabe recordar que la resolución que contemplaba la digitalización también fue dad en medido del proceso electoral, aunque sin reclamos entonces.
La acción de amparo presentada por Walter Ayala abre un debate sobre la transparencia del voto extranjero y la validez de los lineamientos emitidos por la ONPE. Mientras el abogado insiste en que se cambiaron las reglas en plena segunda vuelta, las instituciones electorales sostienen que no hubo alteración normativa y que el traslado físico garantiza la posibilidad de reconteo.
La contradicción entre las denuncias y las exigencias posteriores de JP refleja la tensión política en torno al papel decisivo del voto en el exterior, que resultó decisivo en los resultados próximos a emitirse en su totalidad.