Política
Incentivo a su labor

Congreso: Plantean otorgar ascenso por acción distinguida a policías por sus resultados de valor en su lucha contra la delincuencia

La congresista Kira Alcarraz presentó un proyecto de ley con el objetivo de que los policías reciban un ascenso extraordinario por sus actos de valor, sacrificio o heroísmo en su lucha contra la inseguridad ciudadana.
Plantean incentivo en la carrera policial desde el Congreso. PNP
15-03-2026

La congresista Kira Alcarraz Agüero (No Agrupada) presentó un proyecto de ley con la finalidad de modificar la Ley N.º 31873, Ley que regula los procesos de ascenso del personal de la Policía Nacional del Perú (PNP), como resultado de sus logros en la lucha contra la delincuencia.

Dicha iniciativa se enmarca en el Proyecto de Ley N.º 14223/2026-CR, presentado el último jueves 12 de marzo, a través de la plataforma institucional del Congreso de la República, la cual se detalla en la presente nota. 

Proyecto de ley.

Propone ascenso extraordinario a personal policial 

De acuerdo con el texto presentado por la parlamentaria, busca reconocer y promover "el mérito, la vocación de servicio y el compromiso del personal policial", incentivándose acciones extraordinarias que coadyuven a la "protección de la vida, el orden interno y la seguridad de la ciudadanía".  

En ese sentido, propone el establecimiento de una modalidad de ascenso sustentada en el desempeño destacado en el ejercicio de la función policial. De aprobarse su proyecto de ley, se incorporaría el literal c) al artículo 6 de la Ley N.º 31873, estableciendo el ascenso por acción destacada de los oficiales y suboficiales de la PNP, de la siguiente manera:

"Para oficiales: Desde el grado de teniente hasta el grado de teniente general. Para suboficiales: Desde el grado de suboficial de segunda hasta el grado de suboficial superior. El otorgamiento de esta modalidad no está sujeto a la existencia de vacantes", precisa su texto.

Proyecto de ley.

¿Cuáles serían los requisitos?

La legisladora también propone incorporar el literal f) al artículo 7 de la Ley N.º 31873, Ley que regula los procesos de ascenso del personal de la PNP, con respecto a los requisitos que deberán cumplir los agentes del orden para oficializar su ascenso. 

"No registrar sanciones disciplinarias vigentes ni encontrarse sometido a procedimiento administrativo disciplinario por faltas graves o muy graves y cumplir con los requisitos de grado, tiempo de servicios y demás condiciones establecidos en la presente ley y su reglamento", precisa el documento.

Es importante mencionar que, será una junta evaluadora la que se encargará de calificar los casos propuestos en mérito a los acciones de los policías para la sociedad o institución y sus actitudes evidenciadas.

Finalmente, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio del Interior, adecuará el reglamento a las modificaciones mencionadas, en un plazo no mayor de 120 días calendarios contados desde la entrada en vigor de la presente norma.