Congreso: Presentan proyecto de ley para que adolescentes de 14 años sean juzgados como adultos
La congresista de Alianza Para el Progreso (APP), Lady Camones Soriano, presentó un proyecto de ley que tiene como objetivo bajar la edad mínima legal para la atribución de responsabilidad penal, de tal manera que los adolescentes desde los 14 años puedan ser juzgados como adultos.
Proyecto de Ley
La propuesta de la legisladora de APP, que ya ingresó a la Comisión de Constitución y Reglamento del Parlamento, tiene como objetivo modificar el artículo 30 de la Constitución Política del Perú a fin de que se disminuya la edad para atribuir responsabilidad penal.
"El objeto de la presente de ley es modificar el artículo 30 de la Constitución Política con la finalidad de permitir que a través de una norma con rango de ley se regule la edad mínima para la atribución de responsabilidad penal conforme a los artículos 1 y40 de la Convención sobre los Derechos del Niño", expresa.
De acuerdo a la norma de reforma constitucional, con dicho cambio se establece que - para efectos de atribución de responsabilidad penal - se considera ciudadano a cualquier persona que haya cumplido 14 años "al momento de la ocurrencia del hecho y de acuerdo al principio de legalidad".
Juzgar adolescentes como adultos
El Proyecto de Ley N° 9251/2024-CR, denominado "Proyecto de ley que precisa la edad mínima legal para la atribución de responsabilidad penal", fundamenta que en la legislación peruana actualmente existen tres tipos de
responsabilidad penal: Ordinaria (a partir de los 18 años), Restringida ( más de 18 y menos de 21 años o más de 65 años), y Especial (para los menores entre 14 y menos de 18 años).
En esa línea, manifiesta que a cada tipo de responsabilidad penal se le atribuyen efectos o consecuencias jurídicas distintas. Dentro de lo cual, con la responsabilidad penal Especial se ha creado un sistema de justicia "que no impone penas, sino medidas socio educativas".
A detalle, remarca que en dicho tipo el internamiento de los menores resulta ser "una medida de ultima ratio" en la que se impone un máximo de hasta 6 años, incluyendo a conductas graves como homicidio calificado, secuestro, violación sexual, tráfico de drogas, entre otros.
Por ello, reconoce que conforme a lo estipulado en nuestra legislación se podría concluir que la responsabilidad penal - en términos generales - se atribuye a partir de los 14 años. Sin embargo, asegura que la distinción de los diversos tipos solo ha tenido "un desarrollo legislativo y en el último periodo de tiempo ha dado pie a un debate" sobre la posibilidad de ampliar el ámbito de la Ordinaria debajo de los 18 años.
"El Código Penal, en su numeral 2 del artículo 20, ha señalado como causal de inimputabilidad y por tanto de 'exclusión' de la responsabilidad penal a los menores de 18 años de edad; pero, como hemos visto, esta categorización no es exacta y conflictiva con el resto de legislación vigente", agrega.
Edad mínima legal
La iniciativa de Camones Soriano remarca que "no existe una claridad", desde la carta constitucional, sobre desde cuando las personas pueden ser sujetas a alguno de los tipos de responsabilidad penal que reconoce nuestro marco jurídico vigente.
"La presente reforma busca elevar a rango constitucional la edad límite para que la personas sean penalmente responsables y cumplir con lo ordenado en-la Convención de derechos del Niño en su artículo 40, en donde se instituye la obligatoriedad de fijar 'una edad mínima antes de la cual se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales'", añade.
El proyecto de ley para juzgar como adultos a los adolescentes desde los 14 años aclara que las modificaciones y desarrollo de los tipos de responsabilidad penal será "a través de normas con rango legal y bajo el criterio de los legisladores", asegurándose los criterios mínimos exigidos por la referida convención y cumpliendo la obligación internacional del Estado peruano.